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lunes, 14 de abril de 2014

Tinkunaco 0467/14 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

14 de Abril de 2014

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Resolución 551/14 - Comisión Nacional de Regulación del Transporte
B.O. 14/04/2014
Información que deben remitir los operadores del transporte público de pasajeros beneficiarios del precio diferencial del gasoil. Registración. Auditoría. Sistema de cálculo y asignación de cupos.
 
Resolución 163/14 - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
B.O. 14/04/2014
Abrogación de la Resolución 684 del 19 de septiembre de 2011 del SENASA, por la que se establecía el estado de alerta sanitario en todo el territorio de la República Argentina, por la ocurrencia de focos de Fiebre Aftosa en la República de Paraguay.
 
Jurisprudencia Nacional
Baca Pino, Rosa s/ extinción de la acción penal CAMARA NAC. DE APELAC. EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - 01/04/2014
Derecho a ser juzgado en un plazo razonable. Rebeldía. Revoca la declaración de extinción de la acción penal y el consecuente sobreseimiento de una imputada que se encontraba en situación de rebeldía desde el año 1.999. Señala que, en cuanto al derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas, la duración razonable de un proceso depende en gran medida de diversas circunstancias propias de cada caso, por lo que no puede traducirse en número de días, meses o años, sino que debe contemplar extremos tales como la complejidad del asunto y la manera en que fue llevado por las autoridades judiciales. Considera que, en el caso, no puede considerarse que tal derecho haya sido vulnerado, habida cuenta que la situación de rebeldía de la encartada, al no presentarse a prestar declaración indagatoria, es la razón que ha impedido el avance de la instrucci ón.
 
Silva, Jorge Luis c/ Blanquiceleste S.A. y Otro s/ Despido CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 18/03/2014
Subcontratación laboral. Fideicomiso. Condena solidariamente en los términos del art. 30 de la LCT a un club de fútbol y al fideicomiso que lo gerencia, por el despido de un trabajador. Considera que el objeto del contrato de gerenciamiento encuadra en el instituto previsto en la primera parte del artículo citado (cesión del establecimiento o explotación), dado que el contrato dispone “…la cesión del Club al Gerenciador de la dirección, operación, comercialización y administración, por sí y para sí, libre de toda restricción, limitación o condicionamientos impuestos por contratos o cesiones de derechos, con entera libertad y autonomía, de la Actividad Futbolística del Club…”.
 
Agüero; Gabriel Ubaldo S/ Incidente De Ejecución TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL de GENERAL ROCA - RIO NEGRO - 07/01/2014
Fondo de reserva. Hace lugar al pedido efectuado por un interno, permitiendo el retiro anticipado de una suma de dinero depositada en su fondo de reserva, a los fines de colaborar entregando una parte a su grupo familiar y la otra a gastos de subsistencia dentro del penal. Entiende que si bien el referido fondo constituye una garantía para asistir económicamente al interno en los primeros momentos de libertad, también se debe tener en cuenta que en reiteradas ocasiones el núcleo familiar de la persona penada se ve seriamente perjudicado por tal circunstancia, al perder así su único sostén.
 
Normativa Provincial
Decreto 348/14 de RIO NEGRO
B.O. 10/04/2014
Hidrocarburos. Cesión o venta de los derechos de las Empresas Permisionarias o Concesionarias de áreas hidrocarburíferas. Solicitud de autorización
 
Jurisprudencia Provincial
Actuaciones labradas con motivo del hecho ocurrido el 07/09/2013 en la ciudad de Alta Gracia JUZGADO DE CONTROL, NIÑEZ, JUVENTUD Y PENAL JUVENIL Y FALTAS de ALTA GRACIA - CORDOBA - 07/04/2014
Archivo de actuaciones. Ratifican el archivo de la causa judicial en la que se investigaba la muerte de un policía, cuyo cuerpo sin vida fue encontrado en un automóvil con una herida de un arma de fuego. Advierte que de la autopsia psicosocial surge que si bien el sujeto no tenía una tendencia suicida, existieron episodios que pudieron desencadenar en la conducta autolesiva, tales como la muerte de su padre, y el escarnio público que padeció por los dichos vertidos en un programa de televisión. Asimismo, existe evidencia objetiva (carta póstuma, protocolo de autopsia, pericia balística) que confirma que el agente se habría quitado la vida voluntariamente, sin ser instigado ni recibido ayuda alguna de terceros.
 
Acordadas
ACORDADA Nº6 (B.O. 10/04/2014) CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 08/04/2014
Implementa el sistema de protocolización de sentencias e interlocutorios en un libro único a partir del 14 de Abril de 2014 para todos los fueros e instancias del Poder Judicial de la Nación que cuenten con el Sistema de Gestión Judicial.

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