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martes, 1 de abril de 2014

Tinkunaco 0413/14 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

31 de Marzo de 2014

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Decreto 351/14
B.O. 31/03/2014
Decreto de necesidad y urgencia. Suspensión desde el 1° de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014 inclusive, de la aplicación de las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 814/2001, respecto de los empleadores titulares de establecimientos educativos de gestión privada.
 
Resolución 531/14 - Superintendencia de Riesgos del Trabajo
B.O. 31/03/2014
Comisiones Médicas creadas por la Ley 24.241 para todo el país. Aumento del número. Determinación y lugares de funcionamiento. Horario de atención al público y de las Mesas de Entradas.
 
Jurisprudencia Nacional
Despegar Com Ar S.A. c/ American Airlines s/ Medidas cautelares CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL - 28/02/2014
Venta de pasajes aéreos. Desestima la medida cautelar innovativa solicitada por una empresa de turismo a fin de que se ordene a una aerolínea habilitar la venta de servicios aéreos, la cual había cesado por la recisión contractual realizada por la accionada. Considera que no existe peligro en la demora, toda vez que la actora no acreditó cuál era el volumen de ventas de pasajes aéreos para viajes entre nuestro país y los Estados Unidos antes y después de que cesara la relación comercial con la transportista aérea, ni tampoco que haya visto reducido el tráfico de consultas para esos destinos. Señala que tampoco se probó que la situación fáctica actual pueda llegar a comprometer el interés económico general, ya que los pasajes de la demandada se siguen vendiendo en nuestro país por diversos canales de comercialización.
 
R., G. J. s/medida de seguridad, desglose fotografías, robo con armas CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - 24/02/2014
Menores. Hace lugar al pedido efectuado por la defensa de un imputado menor de edad a los efectos de producir el desglose de unas fotografías del mismo que se encontraban agregadas al legajo tutelar, respecto de las cuales solicitó que sean guardadas en un sobre cerrado debido a la corta edad (quince años) del niño. Señala que el resguardo peticionado es acertado a los fines de una mayor protección al derecho a la intimidad del menor y, en consecuencia, es afín con lo dispuesto por el artículo 16 de la Convención de los Derechos del Niño, el cual prohíbe las injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, y los ataques ilegales a su honra y a su reputación.
 
Normativa Provincial
Decreto 339/14 de MENDOZA
B.O. 28/03/2014
Parque científico municipal de observación del espacio Malargüe. Se establecen los límites y restricciones a las actividades, planes de manejo y las autorizaciones dentro del Parque Científico.
 
Jurisprudencia Provincial
Figueroa, María c/ Estado Provincial CAMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL de SAN SALVADOR DE JUJUY - JUJUY - 18/03/2014
Daño ambiental. Se rechaza la demanda interpuesta contra la provincia de Jujuy y las empresas concesionarias de una explotación minera, por los daños que habría provocado la actividad minera degradando el suelo, el río y afectando la alimentación de los animales de cría del actor. Refiere que, se acreditó que la falta de aptitud de las aguas para el consumo no es atribuible a la actividad cuestionada, sino al mineral que naturalmente presenta el río a raíz de la zona volcánica y a la contaminación bacteriana totalmente extraña a la explotación. Asimismo, respecto de la alegada pérdida de animales manifestó que ello se debe a las adversas condiciones para la cría del ganado que obedece a las características naturales del lugar.
 
Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires c/ Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación de Buenos Aires y otros s/ amparo JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nro 2 de LA PLATA - BUENOS AIRES - 27/03/2014
Cese de la medida de fuerza. Ordena a las asociaciones sindicales el levantamiento inmediato del paro docente, con el objeto de dar inicio al ciclo lectivo en la Provincia de Buenos Aires. Entiende que la falta de actividad escolar es susceptible de ocasionar un perjuicio irreparable para los alumnos bonaerenses, generando una merma en su formación al no poder alcanzar los objetivos del ciclo lectivo, según la planificación y los contenidos pautados. Destaca que ello no implica suprimir ni declarar ilegítimo el reclamo docente, sino compensar el ejercicio de los derechos en pugna.

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