Decreto 138
B.O. 05/02/2013
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Rechazo a la
recusación planteada por las firmas Grupo Clarín s.a., Arte
Radiotelevisivo Argentino s.a., Radio Mitre s.a. y Cablevisión s.a.,
respecto del Presidente del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. |
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Decreto 108
B.O. 05/02/2013
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Disolución de la Comisión Nacional de la
Manzana de las Luces, transformándose en razón del agotamiento de su
objeto previsto en el artículo primero del Decreto Nº 4.657/71 en
Complejo Histórico Cultural. |
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Decreto 106
B.O. 05/02/2013
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Declaración de lugar histórico nacional en la Ciudad de Bs. As. al conjunto edilicio que ocuparan la Ciudad Estudiantil "Presidente Perón" y la Ciudad Infantil “Amanda Allen". |
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C., A. F. c/ Casa Hutton S.A. s/ Mobbing
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 21/11/2012
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Entiende
que el stress sólo es destructivo si es excesivo, por lo que el stress
profesional generado por presiones e invasiones múltiples y repetitivas
puede desgastar a una persona e incluso conducirla hasta un "burn out",
es decir una “depresión por agotamiento”. Y que si a tal situación se
suma además situaciones de maltrato y hostilidad hacia la persona por parte de otro dentro del mismo ambiente que además es un superior jerárquico, las consecuencias para la salud son mucho más graves generando un serio deterioro en la salud. |
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C., A. C. s/ art.149 bis
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - CAPITAL FEDERAL - 27/12/2012
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Violencia
familiar. Cuestiones de competencia. En el marco de una contienda
negativa de competencia, suscitada en un proceso por el cual se
investiga un caso de violencia familiar, declara, compartiendo los
fundamentos y conclusiones del dictamen de la Procuración General, que debe entender en el mismo la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional y no la Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El referido dictamen señala que los delitos (amenazas y lesiones) investigados en la
causa constituyen un único y mismo conjunto de hechos de violencia
familiar en el mismo contexto físico y temporal, por lo cual no se
justifica la separación de las investigaciones. |
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Ley 490/12 de CHUBUT
B.O. 28/01/2013
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Adhesión a la ley nacional 26.396 sobre declaración de interés en la prevención y control de los trastornos alimentarios. |
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Presidente Concejo Deliberante de Viedma s/Remite actuaciones s/Recurso de inconstitucionalidad
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - RIO NEGRO - 18/12/2012
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Inhabilidad para ocupar cargos públicos. Autonomía Municipal. Se declara la
inhabilidad del título de concejal a quien había sido electo para el
cargo, por haberse desempeñado como Director de Comisiones de Fomento de
la Provincia de Río Negro durante el gobierno
de facto. El Tribunal señaló que dicho funcionario se encuentra
comprendido en uno de los supuestos de inhabilidad previstos en el
artículo 52 inc. 12 de la Carta Orgánica de la
Municipalidad de Viedma, el cual comprende a todo aquél que hubiese
“ejercido funciones de responsabilidad o asesoramiento político” en un
gobierno no constitucional. Añadió que, si bien el candidato hizo
públicos sus antecedentes laborales en la
Declaración Jurada ante el Tribunal Electoral Provincial (que no fue
debidamente impugnada) ésta se encontraba viciada por no ajustarse a
la realidad al sostener que no estaba
comprendido en las causas de inhabilidad, y dicho vicio no puede ser
convalidado invocando el principio de preclusión procesal. |
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Benegas Laura Raquel c/ Municipalidad de Plaza Huincul s/ Acción procesal administrativa
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - NEUQUEN - 05/12/2012
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Estabilidad del acto administrativo. Se resuelve que la
revocación en sede administrativa del decreto mediante el cual se
ascendió a una empleada municipal, en virtud de considerar que éste
poseía vicios graves, resulta legítima, pues tratándose de un acto de
los que crean, reconocen o declaran un derecho subjetivo, sólo adquiere
el carácter de estable una vez notificado a la actora, y no existe en la causa ningún elemento que permita corroborar que dicha diligencia fuera efectivizada con anterioridad a su revocación. |
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