Resolución 3528/13 - A.F.I.P.
B.O. 06/09/2013
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Hasta
tanto se complete el desarrollo informático de los sistemas y
aplicaciones del Registro Operadores de Juegos de Azar, creado por
Resolución General 3510 se suspende su entrada en vigencia. |
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Flores Núñez, Roberto Ramón c/ San Juan, Provincia de y otros s/ daño ambiental
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 27/08/2013
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Declara
la incompetencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para
conocer en forma originaria en una demanda por daño ambiental colectivo
iniciada, en los términos del art. 30 de la Ley General del Ambiente N°
25.675, por un vecino de una localidad de la provincia de La Rioja que
invocó su condición de “afectado”, contra la empresa concesionaria de un
proyecto minero ubicado en la Provincia de San Juan y contra la
mencionada provincia. Afirma que, de los términos de la demanda se
desprende que su resolución exigirá ineludiblemente el examen del acto
administrativo de aprobación del informe de impacto ambiental presentado
por la concesionaria y de las normas locales en las que se sustentó
dicho acto y, por consiguiente, no se configura la “causa civil” que
representa el requisito ineludible para habilitar la
competencia originaria de la Corte en las causas de distinta vecindad
de la contraria cuando una provincia es parte. |
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Fierro, José Luis c/ Cons. de Prop. Ambrosetti 273/77/79/83 s/ daños y perjuicios derivados de la propiedad horizontal
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - 05/08/2013
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Daños
y perjuicios. Hace lugar a la demanda entablada por el propietario de
una unidad funcional contra el consorcio por los daños derivados de las
filtraciones que afectaron su inmueble. Considera que el daño tuvo su
origen en instalaciones comunes (averías en la instalación sanitaria,
pluvial y de estanqueidad en la terraza superior),lo cual compromete la
responsabilidad del consorcio demandado. Asimismo, admite la reparación
del daño moral peticionada por el actor, dado que la entidad de los
daños sufridos sobre el departamento y el tiempo transcurrido, dan
cuenta de los sufrimientos y angustias que sin duda debió padecer y
acreditan la entidad de las perturbaciones de índole emocional o
espiritual. |
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Ley 5357 de CATAMARCA
B.O. 30/08/2013
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Aprobación
de la ley sobre la protección integral de los derechos de las niñas,
niños y adolescentes para garantizar el ejercicio y disfrute pleno,
efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento
jurídico nacional y en los tratados internacionales. |
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Ley 8598 de TUCUMAN
B.O. 30/08/2013
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Aprobación
del "Fondo Bicentenario 2016 para pequeños productores cañeros de
Tucumán", destinado al fortalecimiento de los pequeños productores de
caña de azúcar. Designación del agente comercial y/o administrador. |
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Embotelladora del Atlántico ("La empresa" y/o "Edasa") c/ Municipalidad de Justo Daract s/ Acción Contencioso Administrativa
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SAN LUIS - 31/07/2013
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Derechos
de publicidad y propaganda. Condena a un comercio ubicado en la
Municipalidad de Justo Daract a abonar los derechos derivados de la
publicidad de artículos de diversa fabricación o marcas en el interior
del local. Señala que el régimen normativo constitucional nacional y
provincial consagra el principio de autonomía financiera de las
Municipalidades, con lo cual no puede existir duda sobre la plena
validez de las normas administrativas tributarias de la comuna que
prevén como hecho imponible la publicidad, propaganda escrita o gráfica,
hecha en la vía pública o visible desde ésta con fines lucrativos o
comerciales. |
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A. C. S s/ recurso de impugnación
TRIBUNAL DE IMPUGNACION de SANTA ROSA - LA PAMPA - 11/07/2013
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Violencia
de género. Abuso sexual. Retractación de la víctima. Confirma la
condena impuesta a la ex pareja de la víctima en orden al delito de
abuso sexual agravado por acceso carnal, pese a que ésta con
posterioridad manifestó haber consentido libremente las relaciones
sexuales. Refiere que el a quo, para emitir su opinión no tuvo en cuenta
solamente el relato de la mujer, sino además los indicadores físicos
que ésta presentaba, el relato de las personas allegadas y los estudios
médicos, psicológicos y psiquiátricos que fueron contestes en emitir
opiniones concluyentes respecto de la existencia del abuso sexual.
Asimismo agregó que una de las características de las mujeres que son
objeto de violencia, es la retractación, ya que al identificarse con el
agresor se olvida de si misma y se hace cargo de la situación abu
siva, presentando el síndrome de la mujer maltratada. |
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