El 29 de
diciembre
de 2015 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N°254/15, mediante el cual
el Presidente de la Nación instruye a los titulares de los distintos organismos
de la Administración Pública Nacional a la revisión de los procesos concursales
y de selección de personal, como las designaciones ya efectuadas en concursos
desarrollados en los últimos años en el ámbito del Poder Ejecutivo, disponiendo
a su vez la renovación contractual por sólo tres meses de aquellos contratos a
término que tuvieran una antigüedad inferior a los tres
años.
La medida,
al tiempo que evidencia un claro desprecio hacia los trabajadores que integran
el servicio civil de la Nación y un preocupante desconocimiento de la normativa
que regula la materia, sienta un peligroso antecedente e instala un inaceptable
estado de sospecha sobre los trabajadores y sus organizaciones gremiales que, en
la última década, han tenido un rol protagónico en el mejoramiento de las
condiciones de empleo en el Sector Público Nacional.
La ruptura
con el modelo neoliberal vigente hasta el año 2003, implicó un quiebre con la
visión del Estado caracterizada por la ‘racionalización’ de la administración
pública y la reducción del gasto público, emergiendo una vez más como
herramienta insustituible para la concreción de las políticas destinadas a
ampliar derechos de la ciudadanía, actuando allí donde la aplicación sistemática
de políticas provenientes de la ortodoxia económica, que hoy pretenden
reeditarse, generó exclusión y carencias en amplios sectores de la población.
La
re-significación del Estado como instrumento que viabiliza la transformación
social, operada en el período 2003-2015, requirió el reordenamiento organizativo
de la Administración Pública Nacional, mediante la recuperación estatal de
empresas, la creación de nuevas carteras ministeriales, y la incorporación de
trabajadores en las distintas reparticiones que, sumados a la dotaciones
existentes, constituyeron el elemento indispensable para la concreción efectiva
de las acciones gubernamentales.
En el
ámbito de las relaciones laborales del sector público, se impulsaron distintas
medidas tendientes al reconocimiento de derechos de sus trabajadores. En una
primera instancia mediante la conversión de los denominados contratos basura,
celebrados bajo la figura de la locación servicios, pasantías, becas, etc., en
contratos a término con relación de empleo y, posteriormente, a través del
impulso para la cobertura de cargos vacantes en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, luego de veinte años en que, en abierta contradicción con el
artículo 14 bis de la Constitución Nacional que expresamente consagra la
estabilidad del empleado público, el pase a planta permanente estuvo suspendido
(Ley de Emergencia Económica, 1989).
En esta
línea de acción, los Decretos 707/05 (junio 2005), 2031/06 (diciembre 2006), y
480/08 (marzo 2008), dispusieron la contratación bajo el régimen establecido por
el artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su decreto reglamentario, de
quienes se encontraban vinculados a la Administración bajo la figura de la
locación de servicios contemplada por el Decreto Nº 1184/01, hasta un monto de
facturación fijado por las normas indicadas. La conversión de contratos
precarios en contratos a término con relación de empleo, en todos los casos
debía efectuarse con la veeduría de las entidades gremiales.
Superada
esta primera etapa, se dio inicio a un proceso gradual orientado a la cobertura
de los cargos vacantes en el ámbito de la Administración Pública Nacional, tanto
a través de autorizaciones puntuales motivadas en requerimientos de las
jurisdicciones, como por medio del diseño de instrumentos normativos que
promovieron, con carácter general, la ocupación permanente de los cargos
(Decisiones Administrativas 506/09, 1126/12, 609/14, Decreto 1118/15).
En todos
los casos, el ingreso de personal al régimen de estabilidad procedió mediante la
sustanciación de los correspondientes procesos de selección, conforme lo
disponen los Artículos 4° y 8° del Anexo a la Ley Nº 25.164, los artículos
concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 1.421/02 y los Artículos 11, 19, 51,
56 y 57 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional, homologado por el Decreto Nº 214/06, aplicables también para la
promoción del personal permanente a cargos superiores, garantizando así los
principios de publicidad, transparencia e igualdad de oportunidades y de trato
en el acceso a la función pública, contemplando expresamente la veeduría por las
asociaciones sindicales a efectos de constatar el cumplimiento de los criterios
de selección y evaluación que garanticen dichos
principios.
El impulso
a los concursos para la cobertura de cargos vacantes de la Administración
Pública Nacional, no sólo ha significado retomar la juridicidad constitucional,
sino que a su vez redunda estratégicamente en la provisión de una mejor y más
efectiva prestación de los servicios públicos al Pueblo, que requiere y exige
una administración comprometida con el mejoramiento continuo de las condiciones
de vida, que indefectiblemente necesita, a tal fin, contar con una dotación
estable y altamente capacitada.
En este
escenario, el cuestionamiento a la política de regularización del empleo
público, la incertidumbre que genera la renovación por sólo tres meses de los
contratos a término, los miles de despidos que están teniendo lugar en los
distintos organismos y las medidas implementadas en los primeros quince días de
gobierno de la actual administración, expresan una brutal pretensión de
disciplinamiento de los trabajadores del Estado, a la vez que evidencian una
clara opción política e ideológica por los sectores concentrados del poder
económico, en donde los trabajadores vuelven a ser la moneda de cambio del
ajuste.
Frente a
ello, la Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio expresa su más enérgico
rechazo, y convoca a las distintas organizaciones del campo popular para aunar
fuerzas contra el intento de restauración de las políticas que promueven la
exclusión social y la destrucción del Estado como instrumento de dignificación
de las grandes mayorías.
Ni un paso
atrás!!
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