Decreto 1282/13
B.O. 04/09/2013
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Cuantía,
rangos y topes de las asignaciones familiares contempladas por ley
24.714, que serán percibidas a partir de Septiembre. Modificación del
Decreto 614/13. Límite de ingresos, exclusiones. |
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Cabello, Sebastián s/ Recurso de Casación
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - 30/08/2013
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Declara
extinguida la pena de inhabilitación para conducir todo tipo de
vehículos impuesta a Sebastián Cabello, quien fue condenado por embestir
fatalmente a una mujer y a su hija cuando corría picadas callejeras.
Para así decidir, concluyó que la pena de inhabilitación para conducir
por diez años venció el 3 de agosto de 2011. Cabe recordar que el
imputado había sido condenado en un primer momento en orden al delito de
doble homicidio simple cometido con dolo eventual, pero luego la Cámara
Federal de Casación Penal (con distinta integración) calificó su
accionar como homicidio culposo con multiplicidad de víctimas,
condenándolo a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial
para conducir vehículos por el término de diez años. |
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Pulice, Claudio Leonardo y Otro C/ Aguas Danone de Argentina S.A. S/ Cobro de salarios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 06/08/2013
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Discriminación.
Derecho a trabajar. Hace lugar a la demanda deducida por dos
trabajadores a quienes se les negó continuidad laboral en el
establecimiento de la empresa adquirente de una distribuidora mayorista
de bebidas. Considera que, en la incorporación a la empresa
continuadora, se priorizó a los trabajadores agremiados dejándose fuera a
los no afiliados, importando dicha conducta una discriminación gremial
prohibida expresamente por la ley. Agrega que la adquirente contrajo,
mediante acta celebrada por ante el Ministerio de Trabajo de la
Provincia de Buenos Aires, la obligación de garantizar la continuidad
laboral de los actores y al no ser ésta ejecutada, resulta responsable
por los daños y perjuicios derivados de dicho incumplimiento. |
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Ley 8357 de SAN JUAN
B.O. 28/08/2013
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Se
establece la obligatoriedad de la provisión con la venta de
motocicletas, triciclos y cuatriciclos de cualquier cilindrada, de un
casco de seguridad y de un chaleco o bandolera reflectante por cada
persona permitida para su traslado. Modificación de los artículos 1°, 1°
BIS y 4° de la ley 7.945. |
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Ley 8364 de SAN JUAN
B.O. 26/08/2013
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Se
declara de interés, la investigación y producción pública de
medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos,
vacunas y productos médicos. Norma provincial de adhesión a la ley
nacional 26.688. |
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Vazquez Villada, Héctor Raúl c/ Tribunal de Cuentas de la Provincia de Tucumán s/ amparo
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - TUCUMAN - 21/08/2013
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Tutela
sindical. Confirma la exclusión del beneficio de extensión horaria
realizada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Tucumán respecto
de un empleado que es miembro de una asociación sindical. Refiere que
no era necesario realizar el procedimiento de exclusión que prevé la ley
23.551 tal como alegó el accionante, pues si bien la entidad sindical
al momento del cese del beneficio poseía personería gremial nacional con
ámbito de actuación para la Capital Federal, no tenía ámbito de
actuación territorial en la provincia de Tucumán, por lo que, el actor
no podía gozar de la tutela especial de los arts. 48 y 52 de la ley
mencionada. |
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Ibañez
Tolaba, José Augusto por homicidio agravado por el vínculo en grado de
tentativa y homicidio simple en grado de tentativa en concurso real
TRIBUNAL DE JUICIO de SALTA - SALTA - 30/08/2013
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Intento
de asesinato del cónyuge. Condena al imputado en orden al delito de
homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa y homicidio
simple en grado de tentativa en concurso real. El acusado se habría
apersonado en la radio donde trabajaba su cónyuge, en razón de un
supuesto comentario burlesco emitido por la víctima en su programa
radial, armado de un revólver, disparándole a su esposa en el rostro y
al policía que intervino para intentar reducirlo. El tribunal advierte
que existió la intención de matar por parte del encartado, lo que quedó
acreditado por la naturaleza del ataque, por la dirección de los
disparos a la zona vital, y la reiteración de los mismos con un arma con
aptitud vulnerante para causar un resultado letal, lo que no se consumó
por razones ajenas a la voluntad del autor. |
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