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Infojus cumple 4 años
Hace cuatro años, en septiembre del 2011, la presidenta Cristina Fernández
de Kirchner estableció a través de un decreto, que todos los servicios del
Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ) fueran libres y gratuitos.
Así el Estado se convirtió en garante del acceso a la información jurídica y
nació Infojus. Desde el 2011, Infojus logró consolidarse como un organismo
técnico de referencia. Completó su base de datos y la modernizó. Hoy en su
web, que la visitan más de 18 mil usuarios diariamente, se pueden consultar
y utilizar libremente todos sus servicios.
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Normativa Nacional |
Resolución 877/15 - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
B.O. 16/09/2015
Programa de Propiedad Participada de los ex agentes de Yacimientos
Petrolíferos Fiscales. Aprobación del Procedimiento Administrativo de
implementación de la indemnización establecida por ley 27.133.
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Jurisprudencia Nacional |
Recurso
de hecho deducido por la actora en la causa Basi, Lidia Josefa c/
Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba s/ demandada
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 08/09/2015
Deja sin efecto la sentencia que había denegado un reclamo indemnizatorio
efectuado por una trabajadora por accidente de trabajo in itinere, puesto
que interpretó que el trayecto habitualmente realizado por la empleada había
sido interrumpido o alterado dado que el siniestro había ocurrido cuando la
reclamante cruzaba la calle con el propósito de comprar pan para llevar a
sus compañeros y a los niños que atendería en su lugar de trabajo. En tal
sentido, la anterior instancia consideró que la interrupción del itinerario
solo podía justificarse por causas vinculadas al trabajo, es decir, por
algún encargo del empleador o por caso fortuito o fuerza mayor y, más allá
de lo destacable del gesto de la actora, ello de manera alguna podía
importar la justificación de su responsabilidad. Afirma que el rigorismo
extremo utilizado por el a quo para discernir la aplicación de las reglas
atinentes al instituto jurídico en cuestión -accidente in itinere- no se
compadece con el principio reparador que inspira el sistema de riesgos del
trabajo.
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C. N. A. c/ GCBA (Cromañón) s/ daños y perjuicios
CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - Sala 03 - 10/09/2015
Prejudicialidad. Caso Cromañón. Confirma el fallo de primera instancia que
suspendió el llamado de autos para sentencia en una causa de daños y
perjuicios originada en el incendio del local República de Cromañón,
ocurrido el 30 de diciembre de 2004, hasta el momento en el que se dicte, en
sede penal, la sentencia definitiva. Señala que en la causa no se halla
configurada una situación de hecho que habilite a apartarse del principio
sentado respecto a la prejudicialidad penal, que aparecía en el art. 1.101
del Código Civil y que ahora ha quedado previsto en el art. 1775 del Código
Civil y Comercial. Entiende que el tiempo transcurrido desde el inicio de
esta causa se corresponde con las vicisitudes propias del proceso y que no
se ha acreditado la existencia de una situación de dilación en sede penal,
que lleve a presumir que el diferimiento de la sentencia de autos pueda
provocar que ésta sea dictada en condiciones que resulten violatorias de la
garantía de obtener un pronunciamiento judicial en un plazo razonable.
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Normativa Provincial |
Ley 10294 de CORDOBA
B.O. 15/09/2015
Lucha contra el Narcotráfico. Multas, beneficios económicos y bienes
decomisados o del producido de su venta. Distribución. Modificación del
artículo 5º de la Ley Nº 10.067. Norma complementaria del artículo 39 de la
Ley Nacional Nº 23.737.
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Decreto 2836/15 de TUCUMAN
B.O. 14/09/2015
Dirección General de Rentas de la provincia de Tucumán. Tasa general de
actuación y sobre tasa fija de actuación. Se establece con carácter objetivo el
valor de cero pesos para la retribución de determinados servicios.
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Jurisprudencia Provincial |
M.M.Z c/ GCBA s/ daños y perjuicios, excepto resp. médica
CAMARA DE APEL.
CONTRAVENCIONAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BS. AS. de CIUDAD DE BUENOS
AIRES - CIUDAD DE BUENOS AIRES - 02/09/2015
Falta de servicio. Responsabiliza al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
por el irregular servicio brindado por el Hospital Alvear en la atención de
un paciente psiquiátrico, que luego de que se retirara la custodia policial,
se fugó del nosocomio y se suicidó arrojándose de un edificio. Advierte que
el hecho de que el establecimiento psiquiátrico haya solicitado el
mantenimiento de la custodia policial o, en su defecto, el traslado del
paciente a otro establecimiento, no logra desvirtuar su responsabilidad,
puesto que, conociendo el estado del paciente, el demandado no se encontraba
relevado de brindarle un correcto tratamiento hasta tanto quedara resuelta
la situación del internado. Asimismo eleva la indemnización por daño moral
otorgada a su madre en primera instancia y la fija en la suma de ciento
cincuenta mil pesos.
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G. J. M. c/ S. S. A. s/ régimen comunicacional
JUZGADO DE FAMILIA Nro 3 de CORRIENTES - CORRIENTES - 01/09/2015
Astreintes. Hace lugar a la acción de régimen comunicacional interpuesta por
el
progenitor no conviviente respecto de su hijo menor de edad. Advierte que
las
partes deberán comunicar la modalidad del cuidado personal que ejercerán
respecto de su hijo, y en caso de optar por el indistinto deberán informar
cuáles serán las labores a cargo del progenitor y atinentes al cuidado del
niño
de conformidad a las previsiones del art. 650 C.C. y C. Asimismo, y teniendo
en
cuentas las manifestaciones del actor en el sentido de la obstaculización a
la
concreción de la comunicación por parte de familiares de la progenitora, le
hace
saber a la demandada que deberá abstenerse de obstruir la vinculación del
padre
con el niño, salvo motivos debidamente justificados, bajo apercibimiento de
imponer astreintes, las que fija en trescientos pesos por día de
incumplimiento.
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Doctrina |
Código Civil Y Comercial: Incidencia de las disposiciones generales y la clasificación de los contratos en materia de consumo
Autor: CONDOMÍ, ALFREDO MARIO
El presente trabajo analiza los contratos en materia de consumo plasmados en
el nuevo Código Civil y Comercial, resaltando su incidencia en las
disposiciones generales, su clasificación y su aplicación de conformidad con
la normativa aplicable a la materia, como ser la actual la ley de defensa
del consumidor.
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Ya está disponible el Tomo II del Código Civil y Comercial Comentado. Es libre y gratuito.
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