Normativa Nacional |
Ley 27174
B.O. 22/09/2015
Creación de una aduana con asiento en la ciudad de Rafaela, Departamento
Castellanos, provincia de Santa Fe. La AFIP establecerá la clase, naturaleza e
importancia de las operaciones, regímenes y destinaciones que puedan cumplirse
en la misma conforme a lo establecido en el Código Aduanero.
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Ley 27173
B.O. 22/09/2015
Creación de una aduana con asiento en la ciudad de Venado Tuerto, Departamento
General López, provincia de Santa Fe. La Administración Federal de Ingresos
Públicos será la quien establezca la clase, naturaleza e importancia de las
operaciones, regímenes y destinaciones que puedan cumplirse en la misma.
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Decreto 1950/15
B.O. 22/09/2015
Rechazo in limine de las recusaciones planteada por los Grupos Clarín,
Cablevisión y Nextel respecto del Presidente, del Director y del Presidente
del Directorio de la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
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Resolución 897/15 - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
B.O. 22/09/2015
Derecho a la jubilación del personal que se desempeñe habitual y directamente
en la exploración petrolífera o gasífera llevada a cabo en campaña y en tareas
desempeñadas en boca de pozo y afectadas a la perforación, terminación,
mantenimiento y reparación. Especificación de los alcances del Decreto
2136/74.
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Disposición 4499/15 - Dirección Nacional de Migraciones
B.O. 22/09/2015
Prórroga por el plazo de un año de la vigencia del “Programa Siria”.
Sustitución del Anexo del Programa Especial de Visado Humanitario para
Extranjeros Afectados por el Conflicto de la República Árabe Siria.
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Jurisprudencia Nacional |
Villarreal, Raúl Alcides y otros s/ recurso de casación
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - Sala 04 - 21/09/2015
Caso Cromañón. Rechaza los recursos presentados por las defensas de los
imputados contra la sentencia -cuya revisión había dispuesto la Corte
Suprema de Justicia de la Nación- que había condenado a los ex músicos de la
banda de rock “Callejeros”, a organizadores y ex funcionarios policiales y
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en orden a los delitos de
incendio culposo seguido de muerte y cohecho, en el marco de la causa por la
cual se investigó el incendio del local “República de Cromañón”, ocurrido el
30 de diciembre de 2004 que dejó un saldo de 193 personas muertas y más de
1400 heridos. Señala que la decisión conjunta de los integrantes del
conjunto musical de brindar un espectáculo masivo en el local mencionado,
tomando además la decisión de poner a la venta 3500 localidades para cada
show cuando la capacidad del lugar era de 1031 personas, importó en sí misma
la violación de un deber de cuidado que elevó el riesgo de incendio
peligroso, prohibido por el art. 189, 2º párrafo del C.P., a niveles
objetivamente desaprobados. Cabe destacar que reduce la condena impuesta a
la funcionaria Ana María Fernández, dado que considera que el rechazo de la
prisión domiciliaria que oportunamente solicitara fue decidido sobre la base
de inaceptables fundamentaciones de ostensible corte discriminatorio e
importó un maltrato institucional sobre la persona de la imputada
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AMX Argentina SA c/ DNCI s/ recurso directo ley 24.240 - art 45
CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - Sala 01 - 13/08/2015
Telefonía celular. Suspensión del servicio. Pago del servicio. Débito
automático. Confirma la multa aplicada por la Dirección Nacional de Comercio
Interior a una empresa de telefonía celular, por no cumplir con la
prestación contratada por un usuario durante un viaje al exterior debido a
una falla en el funcionamiento del débito automático para el pago de la
factura. Entiende que si bien la empresa admitió haber suspendido el
servicio por falta de pago, no comprobó haber informado previamente que el
servicio sería interrumpido por una falla del débito automático. No
obstante, revoca la reparación del daño directo al usuario dado que en la
causa no fueron acompañadas las pruebas que permitan concluir que el
incumplimiento de la empresa sancionada haya producido un daño directo, real
y efectivo sobre la persona o bienes del cliente.
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Normativa Provincial |
Ley 7653 de CHACO
B.O. 16/09/2015
Declaración de interés nacional y estratégico la actividad de los laboratorios
de producción pública. Agencia Nacional de Laboratorios Públicos. Adhesión
provincial a la ley 27.113. Comité Ejecutivo: integración.
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Decreto 930/15 de CORDOBA
B.O. 10/09/2015
Política Educativa Provincial. Procedimiento para la sustanciación de
concursos públicos de títulos, antecedentes y oposición. Se aprueba el decreto
reglamentario para facilitar, atender y resolver todo lo concerniente a la
realización de las convocatorias, ley 10.237.
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Jurisprudencia Provincial |
G., M. A. y L., M. O., p.s.a. Coautores de Homicidio Simple
TRIBUNAL EN LO CRIMINAL Nro 3 de SAN PEDRO DE JUJUY - JUJUY - 03/09/2015
Condenan por homicidio a la pena de 16 años de prisión a quien fue autor del
disparo que impactó en la humanidad de un joven humahuaqueño, que junto a un
grupo de vecinos intentaba evitar la toma de un predio por parte de
integrantes de una agrupación política. Asimismo condena a siete años de
prisión al coimputado por considerarlo partícipe necesario del delito.
Considera que su aporte al delito fue su presencia en el lugar del hecho en
calidad de líder del movimiento político, portando un arma en su riñonera,
el conocimiento de tal circunstancia que el autor del disparo tenía, la
seguridad, guía y protección que esa aproximación le proporcionó para tomar
la decisión de disparar.
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P. M. A. c/GCBA y otros s/daños y perjuicios /excepto resp. médica
CAMARA DE APEL.
CONT. ADM. Y TRIB. DE LA CIUDAD AUT. DE BS. AS. - Sala 02 de CIUDAD DE
BUENOS AIRES - CIUDAD DE BUENOS AIRES - 22/06/2015
Caso fortuito. Responsabilidad estatal. Rechaza la demanda promovida contra el
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el cobro de una indemnización por
daños y perjuicios a raíz del accidente sufrido por una menor a la salida de la
escuela secundaria, quien recibió el impacto de una bala en su abdomen, cuando
estaba a una cuadra y media del establecimiento educativo. Advierte que no
resultan hechos controvertidos que la clase de gimnasia ya había concluido en su
horario habitual, que la joven ya se había retirado del colegio, que cuando fue
impactada por la bala ya no estaba ni en la puerta ni en la misma cuadra del
colegio sino en la vereda siguiente, así como que se trataba de una alumna de
colegio secundario con plena autorización para retirarse sola del
establecimiento. En ese sentido, considera que el hecho dañoso constituyó un
hecho fortuito que exime de responsabilidad al GCBA, y no se han aportado
elementos a la causa que permitan suponer que las autoridades del
establecimiento hubieran podido prever que ocurriría un robo o que hubieran
sabido que estaba ocurriendo, que el perpetrador del delito dispararía un tiro,
y que este tiro impactaría en una alumna del establecimiento luego de finalizada
su clase de gimnasia.
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Doctrina |
Derecho a la vida privada y familiar. Derecho a la Salud
Autor: CHERTCOFF, MARINA
En este trabajo se comenta un caso resuelto por el Tribunal Europeo de
Derechos Humanos en donde se vieron involucrados tanto el derecho a la salud
como el derecho a la vida privada y familiar, frente a un caso de
contaminación ambiental.
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Ya está disponible el Tomo II del Código Civil y Comercial Comentado. Es libre y gratuito.
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