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Corte
Europea de Derechos Humanos.
2016
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Resumen:
The
Brussels Conference was especially significant because
it was devoted to the implementation of the European
Convention on Human Rights and because it reminded all
concerned that this is a shared responsibility. During
the event the States reaffirmed their commitment to the
Convention and their attachment to the right of
individual application. The Brussels Declaration,
adopted at the close of the conference, stressed the
primary responsibility of the Contracting Parties for
ensuring the application and effective implementation of
the Convention, and emphasised the importance of
effective monitoring of the execution of judgments in
order to ensure the long-term viability and credibility
of the Convention system. One of the highlights of the
year was the launch of the network for the exchange of
information on the case-law of the European Convention
on Human Rights. This initiative, which was also
welcomed in the Brussels Declaration, is essential and
should enable us to promote the mutual exchange of
information between our Court and the highest national
courts. Two of the French superior courts, the Conseil
d'État and the Court of Cassation, joined the
network.
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Catálogo
de medidas para la igualdad.
Mireya
del Pino Pacheco.
2015
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Resumen:
Como
entidad del Gobierno de la República responsable de
coordinar las acciones del Estado mexicano en materia de
igualdad y no discriminación, el Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación (CONAPRED) encargó a Mireya
Del Pino Pacheco la creación de este Catálogo de medidas
para la igualdad, obra que sintetiza conceptos
sustantivos sobre la igualdad y no discriminación y que
pretende ser una herramienta para el trabajo cotidiano
de las y los servidores públicos, que los guíe en el
conocimiento y aplicación de medidas de nivelación, de
inclusión y acciones afirmativas, de acuerdo con lo que
establece la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la
Discriminación (LFPED). El catálogo presenta, además,
algunos ejemplos de las medidas para la igualdad
establecidas en la propia ley, como parte de las
políticas antidiscriminatorias gubernamentales. Este
Catálogo de medidas para la igualdad tiene el propósito
de apoyar la ardua tarea de afrontar ese desafío en
beneficio de todas las personas. Algunas de las
instancias públicas podrán identificar acciones para la
igualdad que ya realizan dentro de sus funciones y
también encontrarán nuevos ejemplos de propuestas que
pueden orientar el diseño y ejecución de otras medidas
para, efectivamente, lograr una igualdad sustantiva en
el ejercicio de
derechos.
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Desiguales,
invisibles y excluidos: Discriminación presupuestaria y
grupos vulnerables,
2010-2013.
Mauricio
Merino Huerta, Adriana Burgos Rojo, Lizbeth Mendoza
Chávez, entre otros.
2015
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Resumen:
La
investigación que se desarrolla en este libro tiene como
objetivo ampliar el estudio La desigualdad de trato en
el diseño del gasto público federal mexicano.
Indicadores sobre equidad, visibilidad e inclusión en
los programas presupuestarios federales, que se realizó
entre 2013 y 2014, y cuyos derroteros fueron,
principalmente, exploratorios. Vale la pena señalar que
en el contexto de esta investigación, la desigualdad de
trato se entiende como cualquier diferencia
injustificada en el tratamiento que se ofrece, mediante
políticas, programas y acciones públicas, al conjunto de
las personas que son titulares de los derechos que el
Estado debe garantizar, en tanto que éste "ha de tratar
a la ciudadanía no sólo con cuidado y respeto, sino con
igual cuidado e igual respeto". Cabe advertir que por la
naturaleza de esta investigación, cuyo cuerpo
teórico-conceptual es único y por lo que puede
considerarse pionera, remitir al lector al documento
predecesor en aras de profundizar en la metodología
empleada.
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Gobernanza
y política pública para la
igualdad.
Luis
F. Aguilar.
2015
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Resumen:
Bien
dice Luis F. Aguilar que, para avanzar contra la
discriminación, la desigualdad y la exclusión en una
sociedad democrática, no basta sólo con el compromiso y
el empeño de los Gobiernos e instituciones (aún si se
trata de un Gobierno legítimo, legal, benefactor), sino
que se debe incentivar e incluir a los actores sociales
públicos y privados, para movilizar todos los recursos
disponibles con el fin de lograr, como afirma, más que
una utopía social, una sociedad fundada racionalmente
donde todas las personas puedan disfrutar de los mismos
derechos. Es interesante la propuesta del autor en el
sentido de profundizar en la gobernanza, para que no
sólo se circunscriba a la legitimidad y legalidad de un
régimen, de sus leyes y políticas públicas, y a la
vigilancia social de su desempeño, sino que deba centrar
su acción en la vinculación del Gobierno con las
organizaciones políticas, públicas, privadas y sociales,
para definir objetivos fundamentales y coyunturales con
el fin de trazar en conjunto el rumbo de la
sociedad.
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Derechos
colectivos y reconocimiento constitucional de las
poblaciones afromexicanas.
Consejo
Nacional para Prevenir la Discriminación
(CONAPRED).
2015
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Resumen:
La
incorporación del principio de igualdad y la prohibición
de la discriminación en ciertos ordenamientos no es
suficiente para prevenir y eliminar, de hecho y de
derecho, la discriminación en México. Durante el
desempeño de este trabajo institucional, se ha
identificado que es vital actualizar y armonizar la
legislación vigente, con el fin de darle un sentido más
incluyente, contribuyendo así al desarrollo social del
país, además de procurar y atender las obligaciones
contraídas por el Estado mexicano en el tema de derechos
humanos. El CONAPRED creó la colección "Legislar sin
Discriminación", que presenta una investigación con un
rol propositivo, dirigida sobre todo al público
relacionado con el quehacer legislativo, con el fin de
atender la necesidad de dicha armonización legislativa,
encaminada, como consecuencia de la multicitada reforma
constitucional, a alentar, desarrollar y lograr acuerdos
que lleguen a traducirse en beneficios sociales. Uno de
los pasos a seguir para alcanzar la igualdad de trato,
de oportunidades, de protección y de capacidad, es
visibilizar a los grupos en situación de discriminación,
identificando la problemática que enfrentan con respecto
al acceso a los diferentes derechos humanos, mismos que
han sido o pueden ser restringidos por tratos desiguales
en condiciones iguales, o tratos iguales en condiciones
desiguales.
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Modelo
para la defensa de casos de
discriminación.
Patricia
Colchero Artagonés, Hilda Téllez Lino, Karla Verónica
Calcáneo Treviño, entre otros.
2015
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Resumen:
La
discriminación es un cáncer que daña la convivencia
democrática y el tejido social. Su práctica cotidiana
invisibiliza el esfuerzo institucional y social por
erradicarla y evitar que los prejuicios y los
estereotipos impidan el desarrollo personal y
profesional de las personas debido a sus rasgos
fisonómicos, origen social, identidad de género o
preferencia sexual, edad o apariencia física, entre
otros motivos. Por ello es loable el círculo virtuoso
logrado por las instituciones públicas y las
organizaciones de la sociedad civil para ensanchar el
reconocimiento de los derechos de las personas, entre
ellos el de la igualdad y no discriminación. Su
confluencia se ha plasmado en las reformas
constitucionales, en la promulgación del Programa
Nacional para la Igualdad y No Discriminación (PRONAIND)
y en la emisión de leyes y reglamentos, pero sobre todo,
en el caso concreto de la reforma a la LFPED, que amplió
las facultades del CONAPRED para incidir no sólo en
casos de discriminación en el ámbito público, sino
también en el privado. El
Modelo para la defensa de casos de
discriminación es una importante
contribución al abordaje de las investigaciones de
hechos en los que ocurra la vulneración del derecho a la
no discriminación, pues incorpora los instrumentos y
estándares internacionales y regionales en materia de
derechos humanos, centra los parámetros de actuación en
torno a las víctimas y establece procedimientos
específicos que deben seguir en su actuación las
personas servidoras
públicas.
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Law,
liberty and the persuit of
terrorism.
Roger
Douglas.
2014
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Resumen:
It
is commonly believed that a state facing a terrorist
threat responds with severe legislation that compromises
civil liberties in favor of national security. Roger
Douglas compares responses to terrorism by five liberal
democracies— the United States, the United Kingdom,
Canada, Australia, and New Zealand— over the past 15
years. He examines each nation's development and
implementation of counterterrorism law, specifically in
the areas of information gathering, the definition of
terrorist offenses, due process for the accused,
detention, and torture and other forms of coercive
questioning. Douglas finds that terrorist attacks elicit
pressures for quick responses, which often allow
national governments to accrue additional powers. But
emergencies are neither a necessary nor a sufficient
condition for such laws, which may persist even after
fears have eased. He argues that responses are
influenced by institutional interests and prior beliefs
and are complicated when the exigencies of office and
beliefs point in different directions. He also argues
that citizens are wary of government's impingement on
civil liberties and that courts exercise their capacity
to restrain the legislative and executive branches.
Douglas concludes that the worst antiterror excesses
have taken place outside of, rather than within, the law
and that the legacy of 9/11 includes both laws that
expand government powers and judicial decisions that
limit those very
powers.
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Mi
cuerpo y mis derechos: Guía sobre derechos sexuales y
reproductivos y normas internacionales de derechos
humanos.
Amnistía
Internacional.
2015
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Resumen:
Se
describe brevemente las obligaciones principales que los
gobiernos han contraído en virtud de las normas
internacionales de derechos humanos respecto a los
derechos sexuales y reproductivos. Es importante señalar
que no se trata de un análisis exhaustivo, sino de una
selección de las normas fundamentales de derechos
humanos, con ejemplos ilustrativos de distintos Estados,
que abarcan las cuestiones más sobresalientes para
nuestro trabajo durante la campaña "Mi cuerpo mis
derechos". El respeto por los derechos sexuales y
reproductivos es esencial para la dignidad humana, y
estos derechos humanos se asientan en tratados
internacionales y regionales reconocidos de derechos
humanos, así como en constituciones y leyes nacionales.
Incluyen derechos y normas tales como el derecho a: La
igualdad, la privacidad, la salud, la vida, la ausencia
de discriminación, el derecho a decidir el número de
hijos y el intervalo entre ellos, y el derecho a no
sufrir tortura y otros malos tratos. Estos derechos
protegen a las personas y promueven sus posibilidades de
tomar decisiones informadas sobre su vida sexual y
reproductiva, sin coacción, discriminación ni
violencia.
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