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lunes, 16 de mayo de 2016

Tinkunaco 0664/16 - Re: ¡Qué hay de nuevo en la Biblioteca!


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¡Qué hay de nuevo en la Biblioteca!
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Boletín No. 166, Año 9, 2016

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Annual Report 2015.
Corte Europea de Derechos Humanos.
2016

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Resumen: The Brussels Conference was especially significant because it was devoted to the implementation of the European Convention on Human Rights and because it reminded all concerned that this is a shared responsibility. During the event the States reaffirmed their commitment to the Convention and their attachment to the right of individual application. The Brussels Declaration, adopted at the close of the conference, stressed the primary responsibility of the Contracting Parties for ensuring the application and effective implementation of the Convention, and emphasised the importance of effective monitoring of the execution of judgments in order to ensure the long-term viability and credibility of the Convention system. One of the highlights of the year was the launch of the network for the exchange of information on the case-law of the European Convention on Human Rights. This initiative, which was also welcomed in the Brussels Declaration, is essential and should enable us to promote the mutual exchange of information between our Court and the highest national courts. Two of the French superior courts, the Conseil d'État and the Court of Cassation, joined the network.


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Catálogo de medidas para la igualdad.
Mireya del Pino Pacheco.
2015

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Resumen: Como entidad del Gobierno de la República responsable de coordinar las acciones del Estado mexicano en materia de igualdad y no discriminación, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) encargó a Mireya Del Pino Pacheco la creación de este Catálogo de medidas para la igualdad, obra que sintetiza conceptos sustantivos sobre la igualdad y no discriminación y que pretende ser una herramienta para el trabajo cotidiano de las y los servidores públicos, que los guíe en el conocimiento y aplicación de medidas de nivelación, de inclusión y acciones afirmativas, de acuerdo con lo que establece la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED). El catálogo presenta, además, algunos ejemplos de las medidas para la igualdad establecidas en la propia ley, como parte de las políticas antidiscriminatorias gubernamentales. Este Catálogo de medidas para la igualdad tiene el propósito de apoyar la ardua tarea de afrontar ese desafío en beneficio de todas las personas. Algunas de las instancias públicas podrán identificar acciones para la igualdad que ya realizan dentro de sus funciones y también encontrarán nuevos ejemplos de propuestas que pueden orientar el diseño y ejecución de otras medidas para, efectivamente, lograr una igualdad sustantiva en el ejercicio de derechos.

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Desiguales, invisibles y excluidos: Discriminación presupuestaria y grupos vulnerables, 2010-2013.
Mauricio Merino Huerta, Adriana Burgos Rojo, Lizbeth Mendoza Chávez, entre otros.
2015

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Resumen: La investigación que se desarrolla en este libro tiene como objetivo ampliar el estudio La desigualdad de trato en el diseño del gasto público federal mexicano. Indicadores sobre equidad, visibilidad e inclusión en los programas presupuestarios federales, que se realizó entre 2013 y 2014, y cuyos derroteros fueron, principalmente, exploratorios. Vale la pena señalar que en el contexto de esta investigación, la desigualdad de trato se entiende como cualquier diferencia injustificada en el tratamiento que se ofrece, mediante políticas, programas y acciones públicas, al conjunto de las personas que son titulares de los derechos que el Estado debe garantizar, en tanto que éste "ha de tratar a la ciudadanía no sólo con cuidado y respeto, sino con igual cuidado e igual respeto". Cabe advertir que por la naturaleza de esta investigación, cuyo cuerpo teórico-conceptual es único y por lo que puede considerarse pionera, remitir al lector al documento predecesor en aras de profundizar en la metodología empleada.

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Gobernanza y política pública para la igualdad.
Luis F. Aguilar.
2015

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Resumen: Bien dice Luis F. Aguilar que, para avanzar contra la discriminación, la desigualdad y la exclusión en una sociedad democrática, no basta sólo con el compromiso y el empeño de los Gobiernos e instituciones (aún si se trata de un Gobierno legítimo, legal, benefactor), sino que se debe incentivar e incluir a los actores sociales públicos y privados, para movilizar todos los recursos disponibles con el fin de lograr, como afirma, más que una utopía social, una sociedad fundada racionalmente donde todas las personas puedan disfrutar de los mismos derechos. Es interesante la propuesta del autor en el sentido de profundizar en la gobernanza, para que no sólo se circunscriba a la legitimidad y legalidad de un régimen, de sus leyes y políticas públicas, y a la vigilancia social de su desempeño, sino que deba centrar su acción en la vinculación del Gobierno con las organizaciones políticas, públicas, privadas y sociales, para definir objetivos fundamentales y coyunturales con el fin de trazar en conjunto el rumbo de la sociedad.

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Derechos colectivos y reconocimiento constitucional de las poblaciones afromexicanas.
Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED).
2015

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Resumen: La incorporación del principio de igualdad y la prohibición de la discriminación en ciertos ordenamientos no es suficiente para prevenir y eliminar, de hecho y de derecho, la discriminación en México. Durante el desempeño de este trabajo institucional, se ha identificado que es vital actualizar y armonizar la legislación vigente, con el fin de darle un sentido más incluyente, contribuyendo así al desarrollo social del país, además de procurar y atender las obligaciones contraídas por el Estado mexicano en el tema de derechos humanos. El CONAPRED creó la colección "Legislar sin Discriminación", que presenta una investigación con un rol propositivo, dirigida sobre todo al público relacionado con el quehacer legislativo, con el fin de atender la necesidad de dicha armonización legislativa, encaminada, como consecuencia de la multicitada reforma constitucional, a alentar, desarrollar y lograr acuerdos que lleguen a traducirse en beneficios sociales. Uno de los pasos a seguir para alcanzar la igualdad de trato, de oportunidades, de protección y de capacidad, es visibilizar a los grupos en situación de discriminación, identificando la problemática que enfrentan con respecto al acceso a los diferentes derechos humanos, mismos que han sido o pueden ser restringidos por tratos desiguales en condiciones iguales, o tratos iguales en condiciones desiguales.

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Modelo para la defensa de casos de discriminación.
Patricia Colchero Artagonés, Hilda Téllez Lino, Karla Verónica Calcáneo Treviño, entre otros.
2015

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Resumen: La discriminación es un cáncer que daña la convivencia democrática y el tejido social. Su práctica cotidiana invisibiliza el esfuerzo institucional y social por erradicarla y evitar que los prejuicios y los estereotipos impidan el desarrollo personal y profesional de las personas debido a sus rasgos fisonómicos, origen social, identidad de género o preferencia sexual, edad o apariencia física, entre otros motivos. Por ello es loable el círculo virtuoso logrado por las instituciones públicas y las organizaciones de la sociedad civil para ensanchar el reconocimiento de los derechos de las personas, entre ellos el de la igualdad y no discriminación. Su confluencia se ha plasmado en las reformas constitucionales, en la promulgación del Programa Nacional para la Igualdad y No Discriminación (PRONAIND) y en la emisión de leyes y reglamentos, pero sobre todo, en el caso concreto de la reforma a la LFPED, que amplió las facultades del CONAPRED para incidir no sólo en casos de discriminación en el ámbito público, sino también en el privado. El Modelo para la defensa de casos de discriminación es una importante contribución al abordaje de las investigaciones de hechos en los que ocurra la vulneración del derecho a la no discriminación, pues incorpora los instrumentos y estándares internacionales y regionales en materia de derechos humanos, centra los parámetros de actuación en torno a las víctimas y establece procedimientos específicos que deben seguir en su actuación las personas servidoras públicas.

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Law, liberty and the persuit of terrorism.
Roger Douglas.
2014

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Resumen: It is commonly believed that a state facing a terrorist threat responds with severe legislation that compromises civil liberties in favor of national security. Roger Douglas compares responses to terrorism by five liberal democracies— the United States, the United Kingdom, Canada, Australia, and New Zealand— over the past 15 years. He examines each nation's development and implementation of counterterrorism law, specifically in the areas of information gathering, the definition of terrorist offenses, due process for the accused, detention, and torture and other forms of coercive questioning. Douglas finds that terrorist attacks elicit pressures for quick responses, which often allow national governments to accrue additional powers. But emergencies are neither a necessary nor a sufficient condition for such laws, which may persist even after fears have eased. He argues that responses are influenced by institutional interests and prior beliefs and are complicated when the exigencies of office and beliefs point in different directions. He also argues that citizens are wary of government's impingement on civil liberties and that courts exercise their capacity to restrain the legislative and executive branches. Douglas concludes that the worst antiterror excesses have taken place outside of, rather than within, the law and that the legacy of 9/11 includes both laws that expand government powers and judicial decisions that limit those very powers.

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Mi cuerpo y mis derechos: Guía sobre derechos sexuales y reproductivos y normas internacionales de derechos humanos.
Amnistía Internacional.
2015

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Resumen: Se describe brevemente las obligaciones principales que los gobiernos han contraído en virtud de las normas internacionales de derechos humanos respecto a los derechos sexuales y reproductivos. Es importante señalar que no se trata de un análisis exhaustivo, sino de una selección de las normas fundamentales de derechos humanos, con ejemplos ilustrativos de distintos Estados, que abarcan las cuestiones más sobresalientes para nuestro trabajo durante la campaña "Mi cuerpo mis derechos". El respeto por los derechos sexuales y reproductivos es esencial para la dignidad humana, y estos derechos humanos se asientan en tratados internacionales y regionales reconocidos de derechos humanos, así como en constituciones y leyes nacionales. Incluyen derechos y normas tales como el derecho a: La igualdad, la privacidad, la salud, la vida, la ausencia de discriminación, el derecho a decidir el número de hijos y el intervalo entre ellos, y el derecho a no sufrir tortura y otros malos tratos. Estos derechos protegen a las personas y promueven sus posibilidades de tomar decisiones informadas sobre su vida sexual y reproductiva, sin coacción, discriminación ni violencia.




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