LA ASOCIACIÓN DE ABOGADOS LABORALISTAS EXPRESA SU PROFUNDA
PREOCUPACIÓN POR LA LICUACIÓN DE LOS CRÉDITOS LABORALES
(mayo 2016).
Esta Asociación observa con profunda preocupación el
congelamiento de la tasa de interés de los créditos laborales que tramitan ante
la Justicia Nacional del Trabajo a valores anteriores ya superados por la
actual coyuntura económica, lo que produce una licuación de los créditos
laborales; al mismo tiempo que constituye un premio al moroso incumplidor, en
tanto le permite colocar el capital que debería pagar, en una inversión que le
rinde más que la tasa que le genera su incumplimiento.
En efecto, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
mediante el Acta Nº 2630 de fecha 26/04/2016, en su punto 2° referido a la tasa
de interés, ha resuelto mantener la última tasa que había sido publicada para
préstamos personales libre destino del Banco Nación, que ascendía al 36% anual.
La aplicación de una tasa pretendidamente “activa” del 36%
en períodos donde algunas tasas pasivas alcanzan el 37,5% (rendimiento de
letras -LEBAC-) resulta un evidente contrasentido.
De hecho, actualmente, el Banco Nación está aplicando una
tasa activa del 50% (“Nación Libre Destino”) a los créditos a los que
anteriormente aplicaba la tasa del 36% (“Nación Personales Libre Destino”).
Desde la AAL hemos venido planteando que resulta lógico y de
estricta justicia la adopción de una tasa que mantenga los valores reales del
crédito laboral, para evitar su licuación por el transcurso del tiempo. Ello
más allá de contemplarse también una compensación por la privación del uso del
dinero desde el devengamiento de la obligación hasta su efectivo pago, y algún
eventual punitorio.
La aplicación de una tasa “congelada” a valores ya superados
se aleja de la que debe resguardar el valor real del crédito del sujeto de
preferente tutela constitucional y provoca un serio perjuicio económico a los
trabajadores en razón de la notoria desvalorización de su crédito alimentario,
afectando su derecho de propiedad y el principio de la reparación integral.
Por ello, exhortamos a que en forma urgente se adopten las
medidas necesarias para solucionar este grave desfasaje.
Dres, a mi no me da esa diferencia que dicen. Soy abogada laboralista por la actora, y veo que si yo hago el cálculo con la tabla del cpacf, sobre $288.966,96 capital desde 01/09/2010 a hoy 19/05/2016, aplicando interés simple de 36% anual, me da un interes de $594.068,07 (total $882.535,03). Pero si lo calculo con el ACTA CNAT 2601 (tasa act bco nac libre destino 46 a 60 meses)me da un interes de $527.779 (total $816.246). No veo la desventaja. podré tener respuesta a esto? gracias colegas.
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