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viernes, 16 de junio de 2017

Tinkunaco 1.803/17 - Re: [catorce_bis] RECLAMO A LAS AUTORIDADES DE LA FACULTAD (UBA)

Estimados colegas director y subdirector del Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social 
De la Facultad de Derecho –UBA
De mi mayor afecto:
Sin que sea menester abundar en la argumentación, superflua por tratarse de cuestiones de tan amplia repercusión pública, les solicito que se pronuncien y requieran lo haga orgánicamente nuestra Facultad, respecto de los ataques que desde el poder político central y desde los medios de comunicación dominantes, se producen cotidianamente contra la función, la responsabilidad jurisdiccional, la independencia y la libertad de conciencia de los jueces del trabajo y de los abogados que ejercen su digna profesión en la defensa en juicio de los derechos de los trabajadores.
En el primer caso, se trata de los intentos de coaccionar mediante pedidos de juicio político a varios magistrados nacionales, entre los cuales se cuentan, además, profesores y docentes de nuestra Facultad y de nuestro Departamento, en razón del contenido de sus resoluciones o sentencias. En el segundo, se ha personalizado en un profesor adjunto consulto, en quien se pretende denigrar y desprestigiar a toda la abogacía especializada, en la función social del ejercicio profesional.
La defensa del fuero especializado, exigencia de normativa internacional de estricta naturaleza constitucional, la de la independencia judicial no como una canonjía o privilegio singular sino como una garantía para los derechos de la ciudadanía, y la de quienes activan desde su tarea como abogados el derecho de defensa en procura de la interpretación, aplicación y coerción indispensables para asegurar el cumplimiento de esos derechos, no puede considerarse una mera cuestión opinable políticamente para quienes tenemos colectivamente, como responsabilidad compartida, la de enseñar esos derechos y el modo de hacerlos valer.
Mi primer maestro de Derecho Constitucional, Carlos Sanchez Viamonte, decía en sus cursos y en sus obras que no existe derecho de defensa allí donde no se garantice la intangibilidad del defensor, ni del órgano jurisdiccional apto para asegurarla.
Saludo a Uds, y por su intermedio a las autoridades de nuestra Facultad, con mi mayor consideración.
Mario Elffman.

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