Comunicado de prensa 116/16
CIDH saluda avances en materia de derechos humanos de las personas LGBTI
16 de agosto de 2016
Washington,
D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda los
avances en materia de derechos humanos de las personas lesbianas, gay,
bisexuales, trans e intersex (LGBTI) que se han registrado durante los
últimos meses, particularmente en Argentina, Bolivia, Chile, Colombia,
Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, Guatemala, México, Perú y Uruguay.
En cuanto a modificaciones legislativas que buscan reconocer derechos
humanos de personas trans, la CIDH destaca que la Asamblea Nacional de
Ecuador aprobó en febrero de 2016 la “Ley Orgánica de Gestión de la
Identidad y Datos Civiles”, la cual permite, entre otros, la
modificación del nombre, y el cambio de la categoría de 'sexo' por la
de 'género' en los documentos de identidad a personas mayores de 18
años. Asimismo, el 21 de mayo de 2016, la Asamblea Legislativa
Plurinacional de Bolivia sancionó la Ley No. 807, “Ley de Identidad de
Género” con la cual se garantiza que las personas trans podrán cambiar
su nombre, el dato de sexo e imagen en toda la documentación pública y
privada vinculada a su identificación, lo que les permitirá ejercer de
forma plena su derecho a su identidad acorde a su identidad y expresión
de género. Además, con fecha 3 de agosto, la Comisión de Derechos
Humanos del Senado chileno aprobó la indicación sustitutiva del proyecto
de ley de identidad de género -en tramitación desde el 7 de mayo de
2013- en virtud de la cual se asigna al Servicio de Registro Civil la
competencia para conocer de la solicitud de rectificación de los
documentos de identidad de las personas trans adultas -chilenas o
extranjeras con residencia definitiva en Chile-, en lugar de los
tribunales de justicia.
La CIDH insta a los Estados de la región a revisar y continuar adoptando
medidas en favor de personas trans que se fundamenten en el
consentimiento libre e informado y que no contengan requisitos
patologizantes como por ejemplo la solicitud de certificados
psicológicos, psiquiátricos y/o exámenes médicos.
Sobre la prevención de la violencia, el Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables de Perú aprobó el 31 de marzo del 2016 una
resolución ministerial que establece una serie de lineamientos para
prestar atención a personas LGBT dentro del Programa Nacional Contra la
Violencia Familiar y Sexual (PNCVFS). La CIDH reconoce esta medida como
una de las pioneras a nivel regional para brindar atención libre de
estigma y discriminación a las víctimas LGBTI cuando ocurre la violencia
intrafamiliar.
En cuanto a la prevención de la discriminación, la CIDH destaca la
circular No. 003-2016 emitida por el Ministerio de Justicia y Paz de
Costa Rica que declara al Ministerio de Justicia y Paz espacio libre de
discriminación por la orientación sexual e identidad de género, y ordena
la modificación de los instrumentos normativos institucionales que
puedan incurrir en prácticas discriminatorias, así como la elaboración
de un protocolo de atención a la población privada de libertad
sexualmente diversa, entre otros. La CIDH saluda igualmente la decisión
de Ecuador de elaborar un protocolo de atención a personas privadas de
libertad LGBT en centros de penitenciarios en Julio 2016.
En materia de salud, la CIDH destaca la adopción en Guatemala de la
“Estrategia de Atención Integral y Diferenciada en Salud para las
personas Trans en Guatemala 2016-2030” en noviembre de 2015. Asimismo,
el 22 de diciembre de 2015 la Subsecretaría de Salud Pública de Chile
emitió una circular que instruye detener los tratamientos innecesarios
de “normalización” de niños y niñas intersex, incluyendo cirugías
genitales irreversibles hasta que tengan edad suficiente para decidir
sobre sus cuerpos. El 9 de junio del 2016, el Ministerio de Salud
Pública de Uruguay presentó una guía dirigida a profesionales de la
salud, que tiene como objeto incluir la perspectiva de diversidad sexual
en todos los niveles de la atención sanitaria. La CIDH acoge con
beneplácito estas iniciativas e insta a los Estados de la región a
adoptar medidas efectivas que permitan el mejoramiento de la atención y
el acceso a los servicios de salud por parte de las personas LGBTI, con
miras a garantizar de forma integral su derecho a la salud.
En cuanto al sector laboral, la CIDH destaca que en abril de 2016, la
Vicepresidenta de la Comisión de la Diversidad de la Asamblea
Legislativa de la Ciudad de México exhortó a que el Jefe de Gobierno
instruyera a las dependencias de dicha capital para que contraten dentro
de su plantilla laboral a por lo menos el uno por ciento de personas
trans, siempre y cuando acrediten cumplir con las habilidades técnicas y
conocimientos requeridos para ocupar el puesto. Por otra parte, el 30
de junio del 2016 la Secretaria de Defensa de Estados Unidos de América
anunció la adopción de nuevas regulaciones que permitirán a las personas
trans servir en el servicio militar sin discriminación y acorde a su
identidad de género. Dichas regulaciones serán implementadas
gradualmente en el transcurso de un año. La CIDH saluda estas medidas
que constituyen pasos fundamentales que buscan incentivar el acceso de
las personas trans a esferas públicas y a un mayor ejercicio de sus
derechos económicos y sociales.
En cuanto al ámbito educativo, el 12 de junio del 2016, la Dirección de
Diversidad del Gobierno de la Provincia de Neuquén gestionó el
otorgamiento de becas de estudio a personas trans en situación de
vulnerabilidad social para que puedan finalizar sus estudios y
capacitarse en oficios formales. La CIDH considera que este tipo de
medidas constituyen pasos fundamentales en el camino a la inclusión
social integral de las personas LGBT, e insta a los Estados a continuar
adoptando medidas de esta naturaleza busquen incentivar el acceso de las
personas trans a esferas públicas y espacios laborales formales.
Finalmente, en relación con la no discriminación en el ámbito familiar,
la CIDH saluda la decisión de Costa Rica en junio 2016 de extender el
beneficio de la pensión por viudez a las parejas del mismo sexo en todos
los regímenes de jubilaciones con cargo al Presupuesto Nacional. Por
otra parte, el 7 de abril del 2016, la Corte Constitucional de Colombia
aprobó el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Aunque el texto
oficial de la sentencia aún no está disponible, a través del comunicado
de prensa No. 17 del 28 de abril del 2016, la Corte dio a conocer su
decisión de que “los principios de la dignidad humana, la libertad
individual y la igualdad implican que todo ser humano pueda contraer
matrimonio civil, acorde con su orientación sexual”. La CIDH celebra
estos avances e insta a los Estados Miembros de la OEA a adoptar mayores
esfuerzos para respetar y garantizar los derechos humanos de todas las
personas, incluyendo el derecho a la familia, sin discriminación alguna
por motivo de orientación sexual o identidad de género.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los
Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión
Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los
derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA
en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes
que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y
no representan sus países de origen o residencia.
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