FLEXIBILIDAD LABORAL - EL FUERO DEL TRABAJO Y LA DEFENSA DE LOS TRABAJADORES. - ASOCIACIÒN DE ABOGADOS LABORALISTAS - ( 03/08/2016) - DESPIDO ES SINÒNIMO DE MARGINALIDAD - CORRUPCIÒN EMPRESARIA - BURLA SISTEMÀTICA Y FRAUDULENTO DEL ORDEN PÙBLICO Y SOCIAL - EXPLOTACIÒN DEL TRABAJADOR - CAMPAÑAS DE MALTRATO A DEFENSORES DE TRABAJADORES - TRATO PEYORATIVO DE LA JUSTICIA DEL TRABAJO - EXTORSIÒN AL TRABAJADOR MONTADA EN EL CONCEPTO DE CRISIS - TRABAJADOR PAGA LA CRISIS - TERCERIZACIÒN FRAUDULENTA - FRAUDE LABORAL Y PREVISIONAL - JURISDICCION DE TODOS LOS PROBLEMAS DE LOS TRABAJADORES TIENE JERARQUIA SUPRALEGAL POR ART. 36 CARTA INTERAMERICANA DE GARANTIAAS SOCIALES - SOCIALIZACIÒN DEL RIESGO EMPRESARIO - AUTOFINANCIACIÒN EMPRESARIA CON LA LICACIÒN DE LOS CRÈDITOS LABORALES EN LOS JUICIOS QUE TERMINAN PAGANDO A PRECIO VIL -
EL FUERO DEL TRABAJO Y LA DEFENSA DE LOS TRABAJADORES.
DECLARACIÓN
DE LA SECCIÓN DE DERECHO DEL TRABAJO DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS
LEGISLATIVOS (IDEL) DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS
(FACA).
La
justicia del trabajo es el último refugio con que cuentan los
trabajadores cuando padecen actos ilícitos o daños sufridos en ocasión
de la dación de tareas.
Cuando
ella se torna ineficiente y no cumple su misión, a los trabajadores
sólo les espera la marginalidad social y la miseria. En un país en el
que la corrupción empresaria ha llegado al punto del escándalo, el trato
que reciben los trabajadores y la burla sistemática y fraudulenta del
orden público social es natural al abuso y la explotación. Siendo las
víctimas de ese corrupción, sujetos de especial consideración tuitiva
constitucional, necesitan de abogados para su defensa.
El fuero del trabajo y el ejercicio de la abogacía en el mismo,
merecen un trato justo que no reciben, de la prensa sensible a los
intereses empresarios, ni del presidente de la República.
No hay acceso a la justicia de los sectores más desprotegidos de la
población, sin el ejercicio libre, honesto y digno de la defensa.
El
IDEL-FACA advierte que la justicia del trabajo viene siendo objeto de
un trato peyorativo, al mismo tiempo que se deja de proveer los recursos
humanos y materiales para que pueda cumplir su cometido.
Prueba
de ello es la falta de provisión de los cargos de los magistrados,
permaneciendo vacantes los puestos de desempeño, por incuria del Poder
Ejecutivo en la elevación de los pliegos.
A comienzos de junio pasado, estaban vacantes 29 Juzgados de Primera
Instancia sobre un total de 80 y 8 vocalías de distintas salas de la
Cámara sobre un total de 30.
También el IDEL advierte que la campaña de medios alentada desde los
sucesivos gobiernos, contra la mal llamada industria del juicio, se
lleva a cabo infamando a los abogados laboralistas y difamando al fuero
del trabajo.
Se reitera en la ocasión la política económica que a partir de una
extorsión montada sobre la crisis, hizo pagar los costos del ajuste a
los trabajadores reeditando el discurso y propiciando las mismas
herramientas de flexibilidad que llevaron al paìs a una tasa de
desempleo superior al veinte por ciento y propiciaron la tercerización y
el fraude laboral y previsional que hoy impera.
Manifestaciones del presidente de la República, (recogidas el domingo
24 de julio en el diario La Nación) en las que expresa que una de las
dos condiciones que esperan las inversiones para concretarse es "...una
justicia laboral más equitativa, no tan volcada a encontrarle siempre la
razón a una parte", alientan un lamentable enfoque clasista que no
puede ignorar ese estado de cosas.
Un auténtico aliento a las inversiones, no puede afirmarse con
indiferencia de los derechos humanos y sociales, la defensa de los
mismos y el respeto a la independencia del poder judicial que se
agravia.
Acompaña a este proceso los anuncios, que pasan por otra nueva reforma
de la Ley de Riesgos del Trabajo 24.557, que se alienta desde sectores
de gobierno, proponiendo el cese de la competencia laboral en los
juicios de reparación de daños por infortunios propios de accidentes de
trabajo y enfermedades causadas por el trabajo. Un artilugio procesal de
ese tipo, consiste en una reaccionaria respuesta de censura,
discriminante y contraria a la Constitución Nacional y los Tratados de
Derechos Humanos y Sociales que nos obligan.
El
fuero especializado tiene jerarquía supralegal por imperio del art. 36
de la Carta Internacional Americana de Garantías Sociales, que
prescribe: "JURISDICCIÓN DEL TRABAJO": "En cada Estado debe existir una
jurisdicción especial de trabajo y un procedimiento adecuado para la
rápida solución de los conflictos".
La campaña mediática referida a la llamada industria del juicio,
acompaña a una política económica pro empresaria, que pretende
socializar los costos de la reparaciones por daños resultantes tanto de
la actividad lícita como la ilícita de los apropiadores del trabajo.
Este particular socialismo a contrapelo del que moderadamente se esboza
en la Constitución, se torna en una burla de la misma cuando los
seguros sociales obligatorios, pasan a servir para liberar de los daños
que produce por el despido arbitrario o el infortunio de trabajo que se
debía evitar y se provocó por incuria y violación sistemática de las
normas de seguridad e higiene o el deber de indemnidad de los
trabajadores.
En
innumerables ocasiones, los tribunales del país, han tenido que ejercer
el control de constitucionalidad difuso sobre normas inspiradas en esa
política social que viola derechos humanos y sociales.
Por lo demás, el mantenimiento de la legislación que
inconstitucionalmente veda a los trabajadores, la actualización del
valor de sus créditos y el sostenimiento judicial de tasas de interés,
hace posible que con la morosidad sistemática en la judicialización de
los daños por despidos e infortunios de trabajo, eternizadas en
prolongados y burocráticos procesos que sirven para financiar a
empresarios deudores y sus aseguradoras.
Son
esas las causas objetivas que hacen que la justicia del trabajo sufra
el recargo de tareas que padece, y los créditos alimentarios que en ella
se procesan, se licúen a precio vil.
Los abogados deberán seguir cumpliendo con su ministerio, que cuando se
trata de defender a los humildes, los honra tanto o más que cuando se
defiende a los poderosos.
Las
corruptelas de los abusos que se dan en esa defensa, seguirán siendo
condenados por el IDEL-FACA como graves desviaciones e ilícitas que
bastardean una profesión a la que dañan. Pero la entidad tiene
conciencia que el ejercicio profesional de la defensa de los
trabajadores, honra. Pese a que por desviación totalitaria se intenta
constituir al abogado, en el chivo expiatorio de una ciudadanía
necesitada, a la que se debe y que por su intermedio alcanza el acceso a
la justicia, lo que implica la garantía del debido proceso judicial
ante el juez natural.
Buenos Aires, 3 de agosto del 2016.
Ricardo
J. Cornaglia (Presidente del IDEL-FACA), Miembros de la Sección del
Derecho del Trabajo: Juan Carlos Fernández Madrid, Néstor Rodríguez
Brunengo, Moisés Meik, Guillermo Gianibelli, Juan I. Orsini, Juan
Formaro, Carlos Vásquez Ocampo.
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