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jueves, 18 de agosto de 2016

Tinkunaco 1.852/16 - Re: GAME OVER - DR. MARIO ELFFMAN

GAME OVER
La sentencia dictada hoy por la Corte confirma solo parcialmente el fallo de la Sala IIa- de la Cámara de La Plata, y la recorta en algunos aspectos sustantivos que habrá que ver con el tiempo en sus consecuencias.
La restricción de los alcances de la sentencia que acoje el amparo constitucional, en el caso, a los consumos de gas residenciales parece una victoria pírrica si se advierte que queda sin efecto para los consumos que representan más del 70% de su volumen (y aún más del monto de facturación, si se advierte que para ellos el tope previa y arbitrariamente fijado no era de incremento del 400% sino del 500%). Y lo que más complica esos análisis es el criterio restrictivo para la admisión de la representación de intereses difusos o colectivos. La admonición a los jueces de todas las instancias para que sean severos en la apreciación del ámbito de representación de las entidades amparistas creo que va a traer cola, y no precisamente en favor de la plena vigencia del derecho del art. 43 de la C.N.
Si bien permite prever que no habría argumentación contrastante al tiempo de decidir sobre las tarifas de electricidad, abre nuevas incertidumbres respecto de la situación de los consumidores comerciales, industriales, clubes, etc, y un más que seguro nuevo torneo de acciones de amparo, respecto de las que solo se insiste en el método para concentrarlas y evitar decisiones hipotéticamente contradictorias o de ámbitos y alcances diversos.
Es sorprendente, sin duda, que a cara de piedra, los autores del desguisado gubernamental digan que van a acatar el fallo, como si pudieran hacer alguna otra cosa en un régimen constitucional; y que van a convocar a audiencia con una displicencia que parece referirse a un simple rito o a la inmediata remoción del consabido palo en la rueda.
No es tan sorprendente la caída del valor de las acciones de las principales empresas energéticas, pero habrá que ver en algunos casos cuáles han de ser las operaciones de toma de ganancias que se produzcan. En cuanto al efecto más general, que los corifeos que dirigen el coro macrista ya anuncian como de 'pérdida de confianza', y algunos de sus coreutas deseafinados anunciando la catástrofe energética (ej: 'la Corte autorizó los cortes'), solamente permiten verificar que, efectivamente, este gobierno del ensayo, error y nuevo ensayo no tiene 'plan B', y no ha previsto el escenario de esta sentencia, ni tiene otra forma de obrar que victimizándose, o diciendo "golpeame que no me duele". O afirmando que las inversiones no caen como maná porque la seguridad jurídica es insegura.
Es indudable que no sería salida de elegancia y sensibilidad acudir al relevo del fusible Aranguren, como una lógica política haría más que aconsejable, por la sencilla razón de que el Presidente está en manos de las empresas monopólicas internacionales que tienen a Shell como bandera y mascarón de proa. Hoy son los Aranguren & Cia. quienes le pueden decir a Macri que el suyo es un 'cargo menor'. Algo así sucedió, en otros tiempos, cuando se entregó el manejo de la economía a Bunge & Born.
Habrá que ver, sin otro plan que el seguir inventando efectos político-periodísticos-judiciales distractivos, qué nos espera en las próximas horas como respuesta oficial u oficiosa. ¿Pueden llegar a ser tan torpes e irresponsables como para encarcelar a CFK, por ejemplo?
Por ahora, game over, y piedra libre para Lilita con sus denuncias contra Lorenzetti, porque ahora tendrán que ensayar el considerar a esa Corte y Confección con la que pretendían contar como herramienta segura y obsecuente como una porción residual de la pesada herencia.
El mayor de los problemas es que todo este drama se esté representando exclusivamente en la superestructura, así se mencionen, directa u oblicuamente, los dramas que el tarifazo produce en la base social. Porque hasta la retórica acerca de los efectos de no respetar el gradualismo y de no escuchar las necesidades de los consumidores omite términos y expresiones que hasta hace poco eran tan típicos, en los fallos de la Corte, como los de los sujetos que merecen especial tutela.
Vendrán otras respuestas, si no nos sentamos a celebrar.

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