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Destacadas |
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Ley 14836 de BUENOS AIRES
B.O. 22/09/2016
Elección
directa del cargo de Intendente y Concejales. Funciones y Duración en
el cargo. Dieta mensual. Elección y duración en el cargo de Consejeros
Escolares. Reelección de Diputados y Senadores. Modificación de las
leyes Orgánica de las Municipalidades, de Educación y Electoral.
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Decreto 1034/16
B.O. 22/09/2016
Creación
del Gabinete Nacional del Programa Siria, con la finalidad de
establecer directrices generales para la recepción humanitaria de
personas desplazadas forzosamente como consecuencia del conflicto en la
República Árabe Siria y proponer acciones interministeriales en materia
de integración social de quienes arriben a la República Argentina.
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Decreto 1069/16 de BUENOS AIRES
B.O. 16/09/2016
Emergencia
en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos.
Funciones y atribuciones del Interventor. Reglamentación del artículo 9
de la Ley 14.812.
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Suspenden la actividad de una empresa minera dependiente de Barrick Gold
JUZGADO LETRADO de JACHAL - SAN JUAN - 22/09/2016
En
el marco de la causa penal en la que se investiga el derrame de agua
cianurada en los cursos de agua de la zona por parte de una empresa
minera en la Pcia. San Juan se resuelve como medidas de instrucción
hacer lugar a una serie de pruebas entre las que las que se destaca la
inmediata suspensión de la actividad de la empresa Minera Argentina Gold
Sociedad Anónima, dependiente de Barrick Gold, en la mina Veladero,
hasta que se cumplimenten las obras de mejoras ordenadas por la
autoridad de aplicación.
Denuncia de Fiscalía de Estado s/ Actuaciones
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La Corte Suprema declara la competencia federal en la investigación por la muerte del Fiscal Alberto Nisman
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 20/09/2016
Revoca
la decisión de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y
Correccional que había determinado que sea la justicia ordinaria la que
entienda en la causa por la cual se investiga la muerte del ex Fiscal
Alberto Nisman y, en consecuencia, declara la competencia federal en los
términos del art. 3, inciso 3, de la ley 48, a fin de que sea la
justicia federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la
que asuma el conocimiento de la investigación. Refiere que en la medida
en que las constancias de la causa no permitan descartar una hipótesis
que refiera a un delito cometido en perjuicio de un funcionario federal
corresponde que sea la justicia federal la que investigue el caso.
Asimismo señala que si bien es cierto que no sería posible descartar de
plano
la posibilidad de que la muerte del fiscal hubiera sido fruto de su
propia decisión libre y voluntaria y sin ninguna intervención de
terceros, aun en ese caso la evidente incidencia en el normal desarrollo
de investigaciones federales y las presuntas motivaciones del hecho
-que en cualquiera de los supuestos que se examinan no parecen ser
extrañas a la función desempeñada por el Dr. Nisman- imponen que sea el
fuero de excepción el que continúe conociendo en la causa.
N.N. y otros s/ averiguación de delito. Damnificado: Nisman, Alberto y otros
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Normativa Nacional |
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Decreto 1039/16
B.O. 26/09/2016
Aprobación
de los Modelos de Contrato de Garantía a celebrarse entre la República
Argentina y el Fondo de Abu Dhabi para el Desarrollo (ADFD), con el
objeto de afianzar obligaciones financieras asumidas por el Gobierno de
la Provincia del Neuquén para la ejecución del "Proyecto Hidroeléctrico
Nahueve".
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Resolución 6673/16 - Ente Nacional de Comunicaciones
B.O. 26/09/2016
Aprobación
del Reglamento General del Fondo de Fomento Concursable para Medios de
Comunicación Audiovisual (Fomeca) a fin de unificar la normativa
dispersa vinculada con el funcionamiento del fondo concursable y con el
objetivo de establecer de modo uniforme las pautas de su funcionamiento.
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Resolución 1691/16 - Secretaría de Coordinación y Monitoreo Institucional
B.O. 26/09/2016
Régimen
Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Monotributo. Registro
Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
Modificación de algunos de los requisitos de ingreso y permanencia al
Programa.
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Resolución 1511/16 - Ministerio de Salud
B.O. 23/09/2016
Programa
Nacional de Salud Escolar. Nuevo texto del convenio marco incorporando
nuevas estrategias de Salud tendientes a facilitar su desarrollo,
implementación y ejecución en las distintas jurisdicciones.
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Resolución 1154/16 - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
B.O. 22/09/2016
Los
proyectos del Programa de Inserción Laboral que completen la duración
total aprobada en los meses de septiembre de 2016 a febrero de 2017,
serán prorrogados hasta el 31 de marzo de 2017.
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Resolución 443/16 - Comisión Nacional para los Refugiados
B.O. 21/09/2016
Convocatoria
Pública de la Comisión Nacional para los Refugiados a las
Organizaciones No Gubernamentales para la integración de la comisión
creada por Ley 26.165, de Reconocimiento y Protección al Refugiado y el
Reglamento Interno de la CoNaRe.
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Resolución 297/16 - Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas
B.O. 20/09/2016
Cambio
de serie de Bonos de Consolidación Séptima Serie y Bonos de
Consolidación Octava Serie. Reglamentación del procedimiento y la
documentación aplicable a los trámites iniciados y no cancelados.
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Disposición 10401/16 - Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
B.O. 21/09/2016
Salud
Pública. Régimen de Acceso de Excepción a Medicamentos, por medio del
cual se establece el procedimiento para el ingreso desde el exterior de
medicamentos destinados al tratamiento de un paciente en particular para
el que no exista en el país una alternativa terapéutica adecuada.
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Jurisprudencia Nacional y Federal |
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Ordenan el decomiso a favor del Estado y con fines sociales de los dólares hallados en la valija de Antonini Wilson
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO Nro 2 - 22/09/2016
Dispone
decomisar en forma definitiva y anticipada, en favor del Estado
Nacional con fines sociales reparatorios en los términos prescriptos por
el art. 305 del C. P., la suma de setecientos noventa mil quinientos
cincuenta dólares estadounidenses (U$S 790.550) que fuera secuestrada el
día 4 de agosto de 2007 en la Terminal Sur del Aeroparque Jorge
Newbery, y que se hallaba en el interior de la valija que portaba Guido
Alejandro Antonini Wilson que formaba parte del equipaje de un vuelo
procedente de la República de Venezuela, suma que se encontraba a
disposición del juzgado interviniente en una bóveda del Banco de la
Nación Argentina. Afirma que las críticas que se le podrían hacer a la
decisión por cuanto supuestamente se estaría aplicando una pena de forma
an
ticipada, sin arribarse a una condena penal, en violación al principio
de inocencia y a las previsiones del art. 17 de la Constitución Nacional
que establece la inviolabilidad de la propiedad privada, no serían
aplicables a este caso dado que se desconoce fehacientemente el real
titular de las remesas de dinero que portaba consigo el encartado, a lo
que cabe agregar que ninguno de los restantes imputados ha siquiera
insinuado ser propietario de ese dinero con lo cual, no se vislumbra
claramente el derecho o garantía constitucional que se podría vulnerar
de procederse al decomiso de la suma en cuestión.
Antonini Wilson, Guido Alejandro s/ infracción ley 22.415
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Determinan que el concurso preventivo de una petrolera perteneciente a Cristóbal López tramite ante el fuero comercial
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 20/09/2016
En
el marco de una contienda positiva de competencia suscitada en el
trámite del concurso preventivo de una empresa petrolera de propiedad
del empresario Cristóbal López entre un Juzgado Nacional en lo Comercial
y un Juzgado Letrado de Ejecución de Comodoro Rivadavia, Provincia de
Chubut, en la cual, a raíz de una presentación de la AFIP, la Corte
Suprema había suspendido el proceso concursal y dispuesto la
intervención de la Procuración General de la Nación en los términos del
art. 2, inc. f, de la Ley 27.148, determina que resulta competente la
Justicia Nacional en lo Comercial para conocer en el trámite. Señala, de
acuerdo con lo dictaminado por la Procuración General, que en el
concurso preventivo de las personas de existencia ideal de c
arácter privado y regularmente constituidas es competente el juez del
lugar del domicilio social inscripto (art. 3, inc. 3, ley 24.522 de
Concursos y Quiebras; arts. 5, 11, inc. 2 y 12, Ley 19.550 General de
Sociedades, modificada por ley 26.994). En consecuencia, afirma que al
momento de la presentación en concurso preventivo se hallaba subsistente
la inscripción registral del domicilio social de la empresa en la
Ciudad de Buenos Aires y, si bien la sociedad había iniciado el
procedimiento para cambiar su domicilio legal a la provincia del Chubut,
dicha modificación no fue culminada con anterioridad a la presentación
del concurso.
Marinccioni, Juan Antonio en autos "Oil
Combustibles S.A. s/ concurso preventivo" Expte. 868/2016 s/
incompetencia por vía declinatoria
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Rechazan un recurso de YPF contra el fallo que le ordena entregar la documentación vinculada al acuerdo con Chevron
CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - Sala 01 - 13/09/2016
Rechaza
el recurso extraordinario deducido por YPF contra la sentencia que
confirmó la intimación efectuada por la jueza de primera instancia a fin
de que la empresa presente las cláusulas del acuerdo firmado con la
petrolera Chevron para la explotación de hidrocarburos en el yacimiento
Vaca Muerta, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento
debería librarse mandamiento de secuestro de dicha documentación y
remitir copia de las actuaciones a la Justicia Penal para que se
investigue la posible comisión del delito de desobediencia. Advierte que
las resoluciones recaídas en los procesos de ejecución de sentencia no
revisten el carácter de definitivas a los fines del art. 14 de la Ley 48
y del art. 3, inciso a, del reglamento aprobado por la Acordada 4/2007
de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación. Además afirma que la gravedad
institucional invocada por la recurrente no habilita la instancia
extraordinaria, pues no se demuestra que lo decidido exceda el interés
individual de las partes o incida de modo directo en la comunidad.
Giustiniani, Rubén Héctor c/ YPF SA s/ amparo por mora
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Multan a un supermercado por ofrecer cortes de carne envasados consignando pesos superiores a su contenido real
CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - Sala 02 - 25/08/2016
Confirma
la multa impuesta por infracción a lo dispuesto en las tablas I y II de
la Resolución Conjunta SIC. y M. 320 y 95, reglamentarias de la Ley
22.802, a una cadena de supermercados que, en uno de sus locales,
exhibía al público en góndolas refrigeradas cortes de carne envasados
para su venta consignando en sus etiquetas pesos netos superiores al
contenido real, excediendo la tolerancia prevista por el reglamento
técnico metrológico Mercosur sobre muestreo y tolerancias de productos
premedidos. Refiere que el art. 6 de la Ley de Lealtad Comercial
establece que los productores y fabricantes de mercaderías son
responsables por la veracidad de las indicaciones consignadas en los
rótulos y que ello es así porque los intereses que la normativa citada
tiende a tutelar s
e encuentran afectados en igual medida si la inexactitud de lo
consignado en la etiqueta se produce desde el momento en que la
mercadería es envasada, o si ella tiene lugar como consecuencia de
hechos sobrevinientes. Asimismo señala que la merma en el contenido neto
de los bienes podría haberse evitado mediante la utilización de envases
que impidan la pérdida de humedad o góndolas con mejores sistemas de
refrigeración y que la empresa debió prever tales contingencias, para
que ellas no redundaran en perjuicio del consumidor, quien abona el
precio en función de lo declarado en el rótulo.
COTO Centro Integral de Comercialización S.A. c/ D.N.C.I. s/ Lealtad Comercial - Ley 22.802 - art. 22
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Advierten a la Anses por la presentación de recursos contra las sentencias de reajuste
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - Sala 02 - 14/09/2016
Rechaza
in limine el recurso extraordinario deducido por Anses contra la
sentencia que determinó el reajuste del haber jubilatorio del
reclamante. Refiere que, conforme lo establece el art. 7 de la
Resolución 955/2008, se autorizó a la Anses a consentir las movilidades
dispuestas por las sentencias judiciales con sujeción a la doctrina
sentada por la CSJN en el precedente "Badaro, Adolfo Valentín c/ANSeS s/
Reajustes Varios" y que, asimismo, el 4 de noviembre de 2009 el Estado
Argentino se comprometió ante la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos a tomar medidas necesarias para evitar las demoras de la Anses
en la liquidación de las sentencias judiciales. Además afirma que la
tacha de arbitrariedad dirigida contra el pronunciamiento atacado es
improcedente tod
a vez que dicha sentencia responde a los lineamientos impartidos por la
Corte y que debe tenerse presente que el crédito reclamado y reconocido
es de carácter alimentario, motivo por el cual toda dilación
injustificada colisiona con los principios de economía y celeridad
procesal, máxime cuando el Supremo Tribunal ha desestimado
sistemáticamente los remedios intentados con invocación del art. 280 del
CPCCN.
Rojas, Carlos Fabián c/ Anses y otro s/ amparos y sumarísimos
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Normativa Provincial |
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Ley 5609 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 23/09/2016
Licencia
con percepción íntegra de haberes a las/los docentes que padezcan
cualquier tipo de violencia de género afectando su seguridad personal.
Modificación del Artículo 70 del Estatuto del docente.
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Ley 5608 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 19/09/2016
Se
instaura el 23 de agosto de cada año como día del Recuerdo de las
Víctimas del Totalitarismo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Ley 5605 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 16/09/2016
Estadios
de fútbol ubicados en la Ciudad. Los representantes legales de los
estadios de fútbol deben realizar al 30/06/2017, la presentación formal
de la solicitud y documentación necesaria para su habilitación
definitiva. Modificación de la Ley 2801.
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Ley 10368 de CORDOBA
B.O. 20/09/2016
Institución
del Día Provincial de la Lucha contra la Impunidad de los Delitos de
Lesa Humanidad, los 25 de agosto de cada año. Incorporación al
calendario de conmemoraciones escolares anuales.
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Ley 2921 de LA PAMPA
B.O. 02/09/2016
Ejercicio
profesional de la Psicopedagogía. La matriculación en el Colegio
Profesional es condición indispensable para el ejercicio. Quedan
exceptuados los profesionales que se desempeñan en el ámbito del Sistema
Educativo.
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Ley 62 de MISIONES
B.O. 16/09/2016
Otorgamiento
del beneficio de la Pensión Graciable de Asistencia a Víctimas Menores
de Delitos contra la Integridad Sexual desde el momento en que se
dispone el llamado a prestar declaración indagatoria de una persona
sospechada de participar en el delito. Modificación de la Ley XIX 51.
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Ley 7204 de SANTIAGO DEL ESTERO
B.O. 20/09/2016
Adhesión
provincial a la Ley Nacional 25.506 sobre Firma Digital. Autorización
para su aplicación a los poderes de la Provincia, conforme su
reglamentación que en sus respectivas jurisdicciones se establezcan.
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Decreto 491/16 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 21/09/2016
Aprobación
del decreto reglamentario de la Ley 5.122 de Ferias Itinerantes de
Abastecimiento Barrial. Plazo en el que deben adecuarse los
permisionarios.
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Decreto 1066/16 de MISIONES
B.O. 14/09/2016
Creación
del Programa de Fomento de Consumo denominado Ahora Misiones. Plazo.
Estímulo para la demanda de bienes. Otorgamiento de bonificaciones y
facilidades de financiamiento. Suscripción de convenios.
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Decreto 5063/16 de SAN LUIS
B.O. 16/09/2016
Derecho
de todas las personas a tener acceso a la información de la gestión
administrativa. Reglamentación del Régimen de Acceso a la Información
Pública de la Provincia establecido por Ley N V -0924-2015.
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Jurisprudencia Provincial |
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Una empresa tabacalera deberá indemnizar a un fumador por graves daños en su salud
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nro 14 de MAR DEL PLATA - BUENOS AIRES - 05/08/2016
Hace
lugar a la demanda por daños y perjuicios contra una empresa tabacalera
y le ordena indemnizar a un fumador por los daños producidos en su
salud debido a su adicción al cigarrillo durante más de cuarenta años.
Afirma que la publicidad que la demandada realizaba durante la década
del setenta -momento en que el actor comenzó a consumir cigarrillos-
utilizaba todos los soportes disponibles: carteles, anuncios
televisivos, sponsoreos, publicidad cinematográfica, etc. ofertando no
solo al producto sino también, y con especial énfasis, al éxito y al
placer asociados a su consumo. Señala que en la causa existe prueba
suficiente de la existencia de una adicción insuperable al cigarrillo
por parte del actor y que se encuentra sobradamente comprobada la
magnitud e importancia de los daños generados en su persona a raíz del
consumo por más de cuatro décadas de los productos ofrecidos por la
demandada al consumo del público en general. La sentencia no está firme
dado que fue apelada por la empresa demandada.
Lespada Hugo Cesar c/ Massalin Particulares S.A. s/ daños y perjuicios (Sentencia no firme)
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Determinan el aumento de la cuota alimentaria de uno de los hijos del demandado
CAMARA DE APELACIONES DE FAMILIA de MENDOZA - MENDOZA - 29/07/2016
Dispone
el aumento de la cuota alimentaria a favor de uno de los hijos del
alimentando, desestimándolo respecto del otro hijo, quien alcanzó la
mayoría de edad y no acreditó que se encuentre estudiando. Considera que
el aumento en el quince por ciento de lo que percibe el demandado por
su labor en la Universidad Nacional de Cuyo resulta razonable, no
afectando en mayor medida el sustento de su nueva familia, pues el hecho
de engendrar nuevos hijos y formar una nueva, no justifica por sí solo
menguar los aportes alimentarios que corresponden a otros hijos. Señala,
también, que el solo transcurso del tiempo -más de cuatro años- y el
ritmo inflacionario en dicho período justifican por sí solo su aumento,
máxime si el alimentante ha mejorado su nivel de ingre
sos.
M. L. c/ S. G. p/ ejec. convenio contra S. G. D. por inc. modificación de convenio
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La inscripción como bien de familia no procede contra el reclamo de alimentos adeudados
JUZGADO DE FAMILIA 6ta NOMINACION de CORDOBA - CORDOBA - 30/08/2016
Declara
inoponible la inscripción como bien de familia del inmueble propiedad
del demandado a los efectos de la ejecución de los alimentos adeudados a
su hijo de 9 años. Considera que si bien la deuda fue contraída con
posterioridad a la afectación, reconoce su origen en cuotas alimentarias
atrasadas a favor del hijo menor de edad y conforme lo dispuesto por el
art. 249 inc. d del CCCN, surge con claridad que el efecto es la
inoponibilidad tornando procedente la ejecución del bien y no la
desafectación.
R. N. B. c/ F. M. A. s/ régimen de visita/alimentos
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Un bingo deberá abonarle a un apostador el millonario premio que había ganado hace nueve años
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL - Sala 01 de MERCEDES - BUENOS AIRES - 08/09/2016
Condena
a un establecimiento de juegos y apuestas a abonar la suma de pesos
999.999,95, correspondiente al premio obtenido por el actor en las
máquinas "tragamonedas" del lugar, a quien le negaron la recompensa
abonándole una suma considerablemente inferior aduciendo que la cifra
millonaria se debía a un error de la máquina. Considera que los
elementos de prueba y las presunciones reunidas, por su número,
precisión, gravedad y concordancia, valoradas de acuerdo a las reglas de
la sana crítica, conducen a la convicción de que el actor obtuvo el
premio reclamado. A su vez, entiende que no procede el reclamo por daño
moral, dado que el origen del hecho es un juego de azar, es decir, la
obtención de un premio en virtud de un juego de apuestas y no producto
de un
esfuerzo laboral, siendo la condena al pago del premio suficiente
reparación en sí misma.
Di Palma, Mario Darío c/ Atlántica de Juegos SA s/ nulidad acto jurídico
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Acordadas |
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ACORDADA Nº28 (B.O. 23/09/2016)
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 20/09/2016
Acuerda
organizar el Cuerpo de Peritos Tasadores de la Justicia Nacional, que
funciona bajo la superintendencia directa de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, integrando los Cuerpos Técnicos Periciales y
demás Peritos previstos en el artículo 52 del Decreto-Ley 1285/58,
ratificado por ley 14.467. Asimismo, aprueba el Reglamento General del
Cuerpo de Peritos Tasadores de la Justicia Nacional.
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