Twitter

lunes, 28 de septiembre de 2015

Tinkunaco 1574/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

SISTEMA ARGENTINO DE INFORMACION JURIDICA Si no visualiza este mensaje pulse aquí
Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicas lunes 28/09/2015  
Normativa Nacional
Ley 27125
B.O. 28/09/2015
Administración Financiera y de Control del Sector Público Nacional. Aprobación de la Cuenta de Inversión presentada por el Poder Ejecutivo, correspondiente al Ejercicio 2012.

Resolución 1647/15 - Ministerio de Salud
B.O. 28/09/2015
Creación del Programa para el Fortalecimiento de la Articulación entre el Sector Público de Salud y los agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud, en el ámbito de la Subsecretaría de Prevención de Controles de Riesgos.

Resolución 784/15 - Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
B.O. 28/09/2015
Procedimiento de apertura del Registro de Entidades, creado en el artículo 1° de la Resolución N° 0783-COMFER/09, para la nueva conformación del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual para el mandato 2015-2017.
Jurisprudencia Nacional
O. L. K c/ Obra social de conductores de transporte de colectivos de pasajeros s/ amparo ley 16986
CAMARA FEDERAL DE APELACIONES de PARANA - ENTRE RIOS - 25/06/2015
Derecho a la salud. Ordena a una obra social a cubrir las clases de natación prescriptas a un menor que padece parálisis cerebral espástica y retraso mental grave. Manifiesta que dada la profunda patología del niño, la solicitud efectuada por su pediatra de terapia acuática dos horas semanales y la necesidad de aumentar el nivel de vida del menor, corresponde viabilizar lo requerido. En tal sentido, señala que el reconocimiento constitucional del derecho a la vida y a la preservación de la salud, tal como ha sido entendido por la Organización Mundial de la Salud comprende el concepto integral de salud, referido al bienestar psicofísico, mental, social de la persona y a su vez es comprensivo del reconocimiento a una adecuada calidad de vida.

G., S. c/ Google Inc. s/ beneficio de litigar sin gastos
CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL - Sala 03 - 07/08/2015
Revoca el beneficio de litigar sin gastos que le había sido concedido a un estudiante universitario y empleado del Congreso Nacional en una demanda por daño moral que éste le había iniciado a un buscador de contenidos de internet. Señala que no debe olvidarse que frente a los intereses del peticionario del beneficio de litigar sin gastos, se hallan los de su contraria, tan respetables como los de aquél, los que podrían verse complicados si a un limitado beneficio se lo transformara en indebido privilegio. En tal sentido afirma que, constituyendo el beneficio de litigar sin gastos un remedio de excepción, es carga del peticionario acreditar en forma suficiente la ausencia de recursos adecuados para hacer frente a los gastos procesales, así como también la falta de posibilidades reales y ciertas de procurárselos, y considera que la prueba rendida no alcanza para generar convicción en el sentido de que el actor carece de recursos para solventar los gastos del juicio.

Trigueros, Raúl Omar c/ Vaitech Internacional s/ Daños y perjuicios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - Sala H - 18/09/2015
Defensa del consumidor. Condena a una empresa a indemnizar los daños y perjuicios derivados de un accidente sufrido por el actor cuando se rompió el cuadro de su bicicleta, importado por la demandada. Considera que no resultan aplicables las normas de protección a los consumidores por tratarse de un objeto usado, por lo que debe resolverse conforme lo dispone el art. 902 del Código Civil de Vélez Sárfield. En ese sentido, destaca que la importadora debe conocer y verificar los productos que vende y si éstos tienen las cualidades necesarias para evitar la producción de un accidente, por lo que si la accionada hubiera revisado el cuadro como correspondía, indudablemente hubiera advertido el defecto, máxime si se considera que se dedica exclusivamente a importar partes de bicicletas. No obsta a ello que el actor no llevara el casco, pues el hecho de la víctima no tiene incidencia causal en el hecho ilícito, pero sí en la extensión del resarcimiento.
Normativa Provincial
Ley 5346 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 25/09/2015
Se declara en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ciudad de Tenencia Responsable de animales domésticos de compañía. Prohibición del sacrificio de animales de compañía como método de control poblacional. Fortalecimiento de política públicas.

Ley 5345 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 25/09/2015
Procedimiento de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se crea la Junta de Faltas. Requisitos. Mecanismo de selección y duración en el cargo. Miembros por sala. Modificación de la Ley 1217.
Jurisprudencia Provincial
Pedroza, Santiago Eduardo vs. Autoridad Metropolitana De Transporte; Sociedad Anónima De Transporte Automotor (SAETA) - Amparo
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL - Sala 03 de SALTA - SALTA - 24/09/2015
Proceso colectivo. Rechaza in limine el amparo promovido por el actor a fin de que se declare la nulidad del pedido de incremento del boleto de transporte efectuado por la Sociedad Anónima de Transporte Automotor, cuya autorización elevaría el costo del boleto común en un 40%. Señala que el amparista invocó su calidad de ciudadano sin justificar en modo alguno ser afectado, por lo que corresponde declarar la falta de legitimación extraordinaria de aquél.
Doctrina
Los derechos humanos frente a la violencia institucional
Autor: ARMIDA, MARÍA JIMENA - CASSINO, MIRANDA -CIARNIELLO IBÁÑEZ, LUCAS
Análisis de la responsabilidad del Estado en el marco del derecho internacional de los derechos humanos para comprender de qué modo el accionar de los operadores del sistema de justicia argentino puede ser determinante a la hora de analizar una situación de violencia institucional.

Ya está disponible el Tomo II del Código Civil y Comercial Comentado.
Es libre y gratuito.    descargar

¡Seguinos en las redes! facebook Facebook twitter Twitter google+ Google+ youtube YouTube
infojus.gob.ar
©2015 Infojus. Todos los derechos reservados. Reglamento de uso
Av. España 2591, piso 3, C1107AMF CABA Argentina

No hay comentarios:

Publicar un comentario