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domingo, 1 de enero de 2017

Tinkunaco 0004/17 - UN FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO DESIGNADO POR MORALES FALLÓ EN CONTRA DE UN DERECHO CONSTITUCIONAL

  

UN FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO DESIGNADO POR MORALES FALLÓ EN CONTRA DE UN DERECHO CONSTITUCIONAL

"ES UN PRIMER INTENTO DE PROSCRIPCIÓN SOCIAL QUE RECUERDA A LA REVOLUCIÓN LIBERTADORA"

En un nuevo fallo que da cuenta de la falta de independencia de los poderes en Jujuy, esta noche, Matias Ustarez Carrillo, funcionario administrativo designado en el Juzgado Contravencional en enero por Gerardo Morales, condenó hoy a Milagro Sala y a la Tupac Amaru por el acampe pacifico que se realizó en la Plaza Belgrano entre el 14 de diciembre y el 2 de febrero. Mientras sancionaron a la persona jurídica de la organización barrial con la multa máxima de 3780 pesos y con la clausura de la sede de la calle Alvear 1165 por tres meses desde que quede firme la sentencia, a la dirigente social le impusieron la misma pena económica y la inhabilitación especial para formar parte de personas jurídicas y demás asociaciones civiles, sociales, culturales y deportivas que requieran autorización provincial para funcionar por tres años y tres meses desde que quede firme la sentencia. 

Tras escuchar la condena, Milagro Sala expresó: "No estoy de acuerdo con esta pena. Estan criminalizando la protesta. No me arrepiento de nada de lo que hice porque a los negros les devolvi la dignidad y la autoestima", aseguró. 

Tal como lo evidenciaron todos los testigos y en los alegatos presentados por los defensores de la dirigente social, Ariel Ruarte, Luis Paz y Paula Alvarez Carreras, el acampe fue originado por la falta de respuestas por parte del entonces gobernador electo a los pedidos de apertura de una instancia de diálogo que realizaron de manera formal y en tres ocasiones las organizaciones sociales a partir de la preocupación por la continuidad de las fuentes de trabajo de más de 15 mil cooperativistas. El derecho a manifestarse está consagrado en diversos instrumentos internacionales y según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, "la protesta pública parece ser el único medio que permite que sectores tradicionalmente discriminados o marginados del debate publico puedan lograr que su punto de vista resulte escuchado y valorado". 

A pesar que en el acampe participaron más de 20 organizaciones sociales y que todas las decisiones se adoptaron en asambleas publicas y multitudinarias, las únicas juzgadas fueron Milagro Sala y la Tupac Amaru. Segun indicó Rodolfo Rocamoso, también designado por el contador Morales y que integra el departamento contravencional y ofició como parte acusadora, solo se investigó a la citada organización barrial "porque era la mas conocida, y si se hubiera convocado a todas no se hubiera terminado nunca con este proceso". 

En relación a la condena a la Tupac Amaru, Paula Alvarez Carreras señaló que existe profusa jurisprudencia que sostiene que las personas jurídicas no puede cometer delitos, ni ilícitos ni contravenciones y pidio la nulidad parcial del alegato de la acusación que solicitaba que se condene a la organización barrial. En ese marco, también indicó que "los responsables de las acciones son las personas físicas que son las que las llevan adelante. Y aunque quisieran condenar a la Tupac Amaru, tampoco llegaron a demostrar cómo la organización cometió la contravención", reclamó la letrada. Como sucedió ante cada uno de los planteos de la defensa, fue desoído.

"Es una decisión escandalosa tomada por un funcionario administrstivo del Poder Ejecutivo provincial que excede sus facultades", dijo Alvarez Carreras en relación a la clausura de la sede de la Tupac Amaru y la prohibición a Milagro Sala de ser miembro de una organizacion en el ambito de la provincia". Y reclamó: "No hicieron lugar a nuestros planteos sobre la nulidad de las actuaciones por la violacion de garantías constitucionales y al planteo de inconstitucionalidad por la figura por la que se la juzgó a Milagro, que es en definitiva el ejercicio de un derecho constitucional a manifestarse".

La abogada aseguró que la defensa va a solicitar la revisión integral de todo lo actuado ni bien se conozcan los fundamentos de la condena.

Por su parte, Luis Paz señaló que la sentencia "tiene un marcado tinte politico, como no podía ser de otra forma, en tanto fue adoptada por un empleado de Gerardo Morales. Es un primer intento de proscripcion social que recuerda a la Revolucion Libertadora. Es otro avance más sobre todos los actos represivos llevados adelante por este gobierno provincial contra la clase trabajadora este año", expresó.

"Morales está tratando de hacerle a la organizacion barrial lo mismo que le hicieron los Españoles a Tupac Amaru. Para eso utiliza no solo al Poder Judicial sino también a órganos cuasi judiciales que ha creado dentro del Poder Ejecutivo. Ninguno de los funcionarios designados por el contador esta dispuesto a respetar la Constitucion y los limites que este sistema de garantías le impone no solamente a los gobernados sino también a los gobernantes. 

Ni Morales ni sus funcionarios están respetando los limites y están avanzando sobre los derechos mas importantes de la sociedad. Pero particularmente a la Tupac Amaru y a Milagro Sala se le aplica el derecho penal del enemigo, no se les respeta ningún derecho constitucional, no han podido demostrar ninguna vinculación entre la persona jurídica y el acampe. Sin embargo han podido desplegar toda la sanción violenta en contra de ella. Y no han podido avanzar con la restricción de la libertad de Milagro Sala porque iba a quedar muy notorio el hecho de que por la misma base factica ya estuvo privada de su libertad por 10 dias", dijo Ariel Ruarte. "Vamos a demostrar la ilegalidad, la inconstitucionalidad y la ilegitimidad de la decision de este juez administrativo", concluyó.

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