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viernes, 26 de octubre de 2012

Tinkunaco 1.765/12 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
26 de Octubre de 2012
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional

Ley Nacional 26773
BOLETÍN OFICIAL: 26/10/2012
Ley de Riesgos del Trabajo. Régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
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Decreto Nacional 2039/12.
BOLETÍN OFICIAL: 26/10/2012
Designación de Conjueces de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal
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Decreto Nacional 2011/12.
BOLETÍN OFICIAL: 26/10/2012
Estructura organizativa de la Biblioteca Nacional.
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Resolución 614/12 . Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
BOLETÍN OFICIAL: 26/10/2012
Modificación el Presupuesto del Fondo Fiduciario de Infraestructura Hídrica.
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Jurisprudencia Nacional

Cejas, César Armando y otros s/ recurso de casación.
CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL, SALA IV. 22/10/2012
Delitos de lesa humanidad. Confirma las condenas (entre otras, la de prisión perpetua a Luciano Benjamín Menéndez), impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de Córdoba, en el marco de una causa por la cual se investiga la comisión de numerosos delitos de lesa humanidad cometidos en diversos centros clandestinos de detención, ubicados en la Provincia de Córdoba, durante la última dictadura militar.
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Chessa, Luciano Martin c/ Ideas del Sur S.A. y otro s/ despido.
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, SALA I. 15/08/2012
Tareas de vigilancia. Trabajo no registrado. Presunción de contrato de trabajo. Condena a una productora de televisión a indemnizar a un trabajador que desempeñaba tareas de vigilancia, y que percibía su remuneración a través del Sindicato de Trabajadores de Espectáculos Públicos y Afines (SUTEP), como extra de programas de televisión. Considera probada la labor del accionante dentro de la empresa y, ante la falta de registración del contrato de trabajo, aplica la presunción prevista en el art. 55 de la ley 20.744.
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Normativa Provincial

Ley 7081. CHACO
BOLETÍN OFICIAL: 15/10/2012
Medio ambiente. Se dispone para todos los organismos estatales la disposición inicial selectiva de residuos que generen en la totalidad de sus respectivas dependencias.
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Ley 7074. CHACO
BOLETÍN OFICIAL: 05/10/2012
Se establece la implementación del Fomento de la Educación y la Cultura de la Paz y la No Violencia. Objetivo.
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Ley 4270. CIUDAD DE BUENOS AIRES
BOLETÍN OFICIAL: 23/10/2012
Declaración de utilidad pública. Se modifica la ley 1643.
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Ley 9255. LA RIOJA
BOLETÍN OFICIAL: 19/10/2012
Creación del gabinete de medicina laboral en la policía provincial. Se modifica la ley 8148.
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Ley 13288. SANTA FE
BOLETÍN OFICIAL: 23/10/2012
Instituyese la "Fiesta provincial del Olivo".
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Jurisprudencia Provincial

Municipalidad de General Pueyrredon c/ American Express Argentina S.A. s/apremio.
CÁMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL DE MAR DEL PLATA. 18/09/2012
Tarjetas de crédito. Tasas municipales. Publicidad. La Cámara Civil y Comercial de Mar del Plata confirma la sentencia que obliga a una empresa de tarjetas de crédito a pagar la tasa municipal por publicidad, pues entendió que la colocación de obleas identificatorias de la misma en los locales comerciales adheridos, si bien cumple el mandato constitucional de informar al consumidor de manera clara y veraz acerca de lo medios de financiamiento con los que cuenta, no excluye el carácter publicitario con fines lucrativos o comerciales exigidos por la ordenanza municipal para que se configure el hecho imponible, es decir que, el cumplimiento del deber legal de informar no excluye el fin publicitario y de posicionamiento de mercado que el mismo acto genera.
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Davila Sergio Rubén, Luna Ramona, Bravo Héctor Darío, Reales Marcelo Fabián s/ ley de estupefacientes.
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE GENERAL ROCA. 24/10/2012
Estupefacientes. Una pareja que ocultaba cocaína en el interior de una chacra fue condenada en orden al delito de almacenamiento de estupefacientes en calidad de coautores, junto con otras dos personas como partícipes necesarios. El tribunal entendió que la importante cantidad de droga secuestrada –10.330 grs., acondicionada en novecientas quince tizas, y el modo en que se encontraba resguardada la sustancia ilícita –oculta en un pozo dentro de un balde, ubicado en un lugar de difícil acceso-, son circunstancias que impiden subsumir el hecho investigado en el tipo legal previsto en el artículo 14, primera parte de la ley 23.737, esto es, tenencia de estupefacientes. Asimismo impuso la agravante prevista en el art. 11 inc. "a" de la mencionada norma, ya que se servían d e menores para cambiar el lugar de enterramiento de la droga.
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