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martes, 25 de agosto de 2015

Tinkunaco 1372/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicas martes 25/08/2015  
Normativa Nacional
Resolución 1046/15 - Jefatura de Gabinete de Ministros
B.O. 25/08/2015
Subsecretaría de Protección de Infraestructuras Críticas de Información y Ciberseguridad. Dirección Nacional de Infraestructuras críticas de Información y Ciberseguridad. Se aprueba la estructura organizativa. Organigrama y Acciones.

Disposición 6/15 - Subsecretaría de Tecnologías de Gestión
B.O. 25/08/2015
Subsecretaría de Tecnologías de gestión. Política Única de Certificación. Oficina Nacional de Tecnologías de Información (AC ONTI). Aprobación del Manual de procedimientos” Versión 2.0 de la Autoridad Certificante.
Jurisprudencia Nacional
Cámara de kiosqueros y Multirubros de Mar del Plata y Sudeste de la Prov. de Bs. As. c/ AFIP s/ Acción declarativa de inconstitucionalidad
JUZGADO FEDERAL Nro 4 de MAR DEL PLATA - BUENOS AIRES - 26/06/2015
Rechaza la acción declarativa de certeza interpuesta por la Cámara de Kiosqueros y Multirubros de Mar del Plata y Sudeste de la Provincia de Buenos Aires contra la Administración Federal de Ingresos Públicos, a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución General 1166/2001 en cuanto le impone a sus asociados la aceptación del pago con tarjetas de débito para las operaciones comerciales. Refiere que la actora ha realizado meros planteamientos genéricos y no existen probanzas de los extremos concretos que permitirían alegar y configurar, respecto de cada uno de ellos, la denunciada irrazonabilidad de las medidas, en tanto no existe demostración alguna del perjuicio, del daño económico denunciado, ni de la situación financiera concreta de sus asociados ni de la imposibilidad efectiva de adquirir los equipos requeridos.

Moras, Sandra Marcela c/ Aysa s/ daños y perjuicios
CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL - Sala 01 - 11/08/2015
Daños y perjuicios. Responsabilidad civil. Lesiones en la vía pública. Hace lugar a una demanda contra una distribuidora de agua potable, incoada por una mujer que cayó al insertar el pie izquierdo en una caja de llave de agua existente en una vereda, lo cual le produjo un traumatismo de tobillo. Señala que la demandada no ha aportado ninguna prueba respecto de la alegada culpa de la víctima. Asimismo refiere que el art. 1757 del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación establece que toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades riesgosas o peligrosas por su naturaleza por los medios empleados o por circunstancias de su realización. Dicha responsabilidad es objetiva y no resultan eximentes la autorización administrativa para el uso de la cosa o la realización de la actividad, ni el cumplimiento de las téc nicas de prevención.

Katchadjián, Pablo Esteban s/ procesamiento
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - Sala 05 - 13/08/2015
Revoca el procesamiento y decreta la falta de mérito para procesar o sobreseer a un escritor que había sido acusado en orden al delito de fraude a la propiedad intelectual, por la supuesta adulteración de la obra original de Jorge Luis Borges, “El Aleph”. La causa fue iniciada en 2011, por una denuncia efectuada por María Kodama. Señala que las manifestaciones de las partes con relación a la modificación intrínseca del cuento de José Luis Borges en oportunidad de su inclusión en “El Aleph engordado” -obra del escritor denunciado-, muestran que la evaluación integral de la hipótesis delictiva investigada no puede prescindir de una previa determinación pericial sobre si el texto original de “El Aleph” fue o no transcripto literalmente por el imputado y, en caso negativo, qué diferencias en términos de palabras y/o signos de puntuación se pueden verificar.
Normativa Provincial
Ley 1324 de SAN JUAN
B.O. 12/08/2015
Salud pública. Se instituye el Programa de Asistencia a la Madre y al Recién Nacido Vivo (PROAMAR). Beneficiarios. Objeto. Finalidad. Requisitos. Autoridad de aplicación. Facultades. Recursos.

Decreto 521/15 de MISIONES
B.O. 14/08/2015
Salud Pública. Plan provincial 2016-2018 de prevención y control del dengue, como estrategia de gestión integral del dengue (EGI DENGUE) fiebre amarilla urbana y chikungunya en la provincial.
Jurisprudencia Provincial
Propuesta Republicana -PRO (Distrito Tucumán) c/ Provincia de Tucumán s/ Acción meramente declarativa
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - TUCUMAN - 22/08/2015
Desestima la acción meramente declarativa interpuesta por un partido político contra la Provincia de Tucumán en cuanto pretendía la declaración de inconstitucionalidad de la ley provincial 8532, modificatoria del régimen electoral establecido por la ley 7876, por la cual se autoriza a votar voluntariamente a menores de 16 y 17 años de edad. Manifiesta que lejos de vulnerar la disposición contenida en el inciso 2°, in fine, del art. 43 de la Constitución Provincial que, como se demostró, no prohíbe el sufragio activo de las y los menores de 16 y 17 años, la ley 8532 ha venido a honrar los compromisos internacionales asumidos por el estado federal argentino en relación a los derechos del niño, y al mismo tiempo respetar lo dispuesto en el art 24 tercer párrafo CP, que establece como principio que los derechos y garantías consagradas por los pactos y tratados int ernacionales sobre derechos humanos, incorporados como ley de la Nación, son de carácter operativo.
Doctrina
El contrato de seguro a la luz del Código Civil y Comercial
Autor: COMPIANI, MARÍA FABIANA
En este trabajo se comenta el balance que puede hacerse del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina y de su influencia en el contrato de seguro y en la responsabilidad consecuente del asegurador, y de la regulación autónoma de los contratos por adhesión, y su aplicación al contrato de seguro.
Acordadas
ACORDADA Nº3766
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA - BUENOS AIRES - 15/07/2015
Dada la entrada en vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial, aprueba el Reglamento para la designación de Mediadores, cuyo texto constituye el Anexo I del Acuerdo. Asimismo, el Anexo A individualiza las materias que quedarán excluidas del régimen y aquellas cuya mediación es optativa.

Ya está disponible el Tomo II del Código Civil y Comercial Comentado.
Es libre y gratuito.    descargar

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