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lunes, 2 de noviembre de 2015

Tinkunaco 1386/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicas lunes 02/11/2015  
Normativa Nacional
Resolución 649/15 - Comisión Nacional de Valores
B.O. 02/11/2015
Mercados y Cámaras Compensadoras. Agentes de Liquidación y Compensación. Contratos de futuros. Método para constituir márgenes y garantías. Modificación de la Normas (N.T. 2013 y mod.).
Jurisprudencia Nacional
S., J. C. y otro c/ Asociación Escuela Científica Basilio -Culto de Dios- Confesión Religiosa de los Discípulos de Jesús y otros s/ daños y perjuicios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - Sala J - 29/09/2015
Daños y perjuicios. Asociaciones religiosas. Hace lugar a la acción de daños y perjuicios interpuesta por un socio de una comunidad religiosa que fue suspendido provisoriamente por la demandada, tras haber formulado una denuncia administrativa contra algunos integrantes del Consejo Directivo de la comunidad. Considera que el accionante fue sancionado sin más por el hecho de haber practicado dicha denuncia, habiendo actuado la demandada de manera arbitraria e ilegítima. Entiende que no caben dudas acerca del cercenamiento producido en la integridad espiritual del accionante, a quien se le negó trato digno al habérsele aplicado una severa sanción que vino a poner en duda injustamente su honor, su buena fama, nombre y estima, especialmente entre los integrantes de la comunidad, lo que conduce a encuadrar la acción formulada en lo normado por el art. 1089 del Códi go Civil.

Catamarca, Provincia de c/ Salta, Provincia de s/ ordinario
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 27/10/2015
Competencia de la Corte Suprema. Límites interprovinciales. Declara la incompetencia de la Corte Suprema en el marco de una demanda promovida por la Provincia de Catamarca contra la Provincia de Salta en los términos del artículo 127 de la Constitución Nacional, con el fin de obtener que la demandada respete su jurisdicción territorial en la zona limítrofe norte del Estado provincial y cese en el aprovechamiento de los recursos naturales de la zona porque, según denuncia, genera un verdadero impacto ambiental y disponga el efectivo amojonamiento en el lugar según límites ya establecidos. Afirma que es el Congreso Nacional, en su carácter de órgano directo y genuino de la soberanía nacional, el que debe establecer, conforme a las facultades conferidas por el art. 75, inc. 15 de la Constitución Nacional, el límite separativo del territorio de ambas provincias en los tramos que aún no han sido fijados, a fin de dar una solución definitiva a un conflicto de límites que es de antigua data. En consecuencia, señala que tal situación le impide a la Corte resolver en la causa a cuál de las dos provincias pertenecen en definitiva los recursos naturales que se disputan como correspondientes a su respectiva jurisdicción.
Normativa Provincial
Ley 8829 de TUCUMAN
B.O. 30/10/2015
Se faculta al Poder Ejecutivo la suscripción de convenios de préstamos con las Municipalidades y Comunas Rurales en la Provincia de Tucumán. Asistencia financiera. Convenios individuales. Requisitos.

Decreto 3621/15 de SALTA
B.O. 30/10/2015
Se exime del pago total de obligaciones tributarias devengadas a contribuyentes de El Galpón, departamento de Metán, provincia de Salta, desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre 2015. Contribuyentes alcanzados.
Jurisprudencia Provincial
Muñoz Fernando contra Colegio Unico de Corredores Inmobiliarios de la CABA sobre Amparo
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO Nro 18 de CIUDAD DE BUENOS AIRES - CIUDAD DE BUENOS AIRES - 28/10/2015
Ley de acceso a la información pública. Hace lugar al amparo interpuesto por un legislador porteño en calidad de ciudadano a fin de intimar al Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a suministrar información relativa a medidas dispuestas en el marco del control, difusión y sanciones de acuerdo a lo establecido por la Ley 2340 que regula el ejercicio del corretaje inmobiliario en territorio porteño, especialmente en lo referido al monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino. Considera que la conducta asumida por el colegio accionado no satisface en absoluto el derecho de acceso a la información que la jurisprudencia y doctrina han establecido como estándares mínimos de protección, atento las respuestas genéricas y evasivas esgrimidas por la demandada, siendo el principio que rige en la materia el de máxima divulgac ión.

Arze, Sofía Gladys c/ Fundac. Educar p/ la exelencia
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERIA de NEUQUEN - NEUQUEN - 13/08/2015
Cargas de familia. Declara válido el despido indirecto en que se colocó una trabajadora ante la falta de observancia de los plazos de licencia por enfermedad previstos en el art. 208 de la LCT por parte del empleador, habida cuenta que en el intercambio telegráfico esgrimió contar con cargas de familia y el empleador no pudo justificar la intimación fehaciente a presentar las correspondientes partidas. Señala que, teniendo en cuenta el contrato de trabajo que unió a las partes, el art. 79 de la LCT pone como deber contractual de iniciativa y diligencia a cargo del empleador la percepción de los beneficios sociales pesando como su obligación gestionarlos ante los respectivos organismos.
Doctrina
Pena de inhabilitación y suspensión del proceso a prueba
Autor: CUENCA, DANIEL O.
En el presente trabajo se analiza la reforma al tratamiento de la suspensión del proceso a prueba que surge del Anteproyecto de Código Penal de la Nación y que trae, entre otros puntos, la eliminación —como obstáculo a su concesión— de la existencia de una pena de inhabilitación, sea esta pena única o también conjunta o alternativa.
Acordadas
ACORDADA Nº136
CAMARA NACIONAL ELECTORAL - 29/10/2015
Elecciones nacionales. Segunda vuelta electoral. Tras las elecciones generales del último 25 de octubre, establece los aspectos organizativos de la segunda vuelta electoral, prevista en el artículo 96 de la Constitución Nacional, que se llevará a cabo el próximo día 22 de noviembre.

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