Normativa Nacional |
Decreto 2229/15
B.O. 03/11/2015
Puertos y aduanas. Restablecimiento de la vigencia del reembolso adicional a
las exportaciones para todos los puertos y aduanas ubicados al sur del Río
Colorado que se mencionan en dicha ley por el término de cinco año.
Incorporación del Certificado de origen.
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Decreto 2166/15
B.O. 03/11/2015
Consejo del Mercado Común del Mercosur. Se aprueba e incorpora al ordenamiento
jurídico nacional las Decisiones N° 28, 29 y 30 aprobadas a nivel regional del
Arancel Externo Común (A.E.C.).
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Jurisprudencia Nacional |
Graffigna, Omar Domingo Rubens s/ recurso extraordinario
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - Sala 04 - 29/10/2015
Lesa humanidad. Declara inadmisible el recurso extraordinario presentado por
la defensa del ex Comandante de la Fuerza Aérea, Omar Graffigna, integrante
de la segunda junta militar de la última dictadura, que se encuentra
procesado con prisión preventiva por la comisión de delitos de lesa
humanidad contra personas que se hallaban ilegalmente privadas de su
libertad en el centro clandestino de detención y torturas “Virrey Cevallos”,
ubicado en el barrio de San Cristóbal. Entiende que el recurso intentado no
puede hallar viabilidad formal, por cuanto la sentencia recurrida no es
definitiva ni equiparable a tal por sus efectos, en los términos requeridos
por la Ley 48. Además, señala que, si bien el solicitante se agravia por la
forma en que fuera denegado dicho recurso, la materia es propia de los
jueces de la causa y no suscita cuestión federal alguna que habilite el
acceso a los estrados del máximo Tribunal.
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A., D. E. s/ suspensión de juicio a prueba
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - Sala 06 - 21/09/2015
Suspensión del juicio a prueba. Agente policial. Confirma el fallo que
rechazó la suspensión del juicio a prueba por la defensa de un agente de
policía que fue procesado en orden al delito de lesiones culposas
ocasionadas por la conducción imprudente de un vehículo policial. Señala que
el art. 76 bis del Código Penal establece que no procederá la probation
cuando un funcionario público, en el ejercicio de sus funciones, hubiese
participado del delito y considera que, al momento del hecho, el imputado
revestía la calidad de tal, ya que conducía un móvil policial y su propia
defensa, si bien no de manera específica, reconoció que se encontraba
cumpliendo tareas encomendadas por sus superiores.
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Normativa Provincial |
Ley 7665 de CHACO
B.O. 14/09/2015
Personal de planta permanente de la Administración Provincial del Agua (APA)
de la provincia del Chaco. Extensión de la Bonificación especial, en el marco
de la ley 6865. Alcance.
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Decreto 1647/15 de CATAMARCA
B.O. 27/10/2015
Se crea la Residencia Interdisciplinaria en Salud Mental Comunitaria y
Adicciones”, a desarrollarse en el ámbito del Hospital Interzonal San Juan
Bautista, dependiente del Ministerio de Salud. Las Residencias Profesionales
se regirán en el marco de la ley 4853 y modificatoria.
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Jurisprudencia Provincial |
A. C., J.; R. C., A. F. ó C., A. F.; B. A., G. K.; S. B., L. M s/ homicidio criminis causa y robo calificado
TRIBUNAL EN LO CRIMINAL Nro 2 de SAN SALVADOR DE JUJUY - JUJUY - 06/10/2015
Concurso de delitos. Homicidio criminis causae y robo calificado. Condena a
la pena de prisión perpetua a dos hombres y dos mujeres de nacionalidad
colombiana por el homicidio de dos personas a las que conocían por haber
trabajado juntas, cometidos en el interior de la residencia multifamiliar en
la que vivían los imputados, para luego perpetrar el robo de dinero que una
de las víctimas tenía en su casa. Manifiesta respecto al concurso de delitos
que la jurisprudencia es conteste en avalar la posibilidad del concurso
real, en las figuras de homicidio criminis causae y robo calificado por el
uso de arma. Agrega que una cosa es la vinculación ideológica que conecta
ambos ilícitos, es decir, que la consumación del homicidio sea preordenada
en la representación de los agentes, con la finalidad de asegurar la
impunidad para si o para otro, para facilitar el robo previamente
planificado; y otra es que ambos eventos sean dos actividades
antológicamente diferentes: matar y robar.
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Escudero, Juan M. c/ Vía Bariloche S.A. y otros s/ sumario
CAMARA DEL TRABAJO de SAN CARLOS DE BARILOCHE - RIO NEGRO - 09/09/2015
Contrato de transporte. Despido incausado. Hace lugar a la demanda por
despido injustificado interpuesta por un maletero que cumplía tareas en una
estación terminal de ómnibus contra una empresa de transporte. Advierte que
surge acreditado que el accionante recibía del chofer de la empresa de
transporte los tickets numerados que pegaba en la maleta y entregaba al
pasajero, cargaba el equipaje en el colectivo y recibía una propina a
cambio, sin que la empresa le abone retribución alguna. Considera que por
aplicación del art. 23 de la LCT, corresponde presumir que el trabajo ha
sido brindado en relación de dependencia, dado que transportar del equipaje
del pasajero constituye una obligación inescindible del contrato de
transporte, actualmente regulada expresamente por el art. 1289 del Código
Civil y Comercial de la Nación.
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Doctrina |
El recurso agua y la Constitución Nacional
Autor: REBASA, MARCOS - GARCÍA ROSSI, MAGDALENA
Los autores realizan un análisis de la configuración jurídica del agua como
recurso natural, tomando para ello los antecedentes constitucionales, los
provenientes de los tratados internacionales, la legislación, la doctrina y
la jurisprudencia, tarea no exenta de dificultades, por cuanto la existencia
de profusa legislación nacional y local, así como normativa internacional,
se contrapone con escasas disposiciones constitucionales con referencia
directa al recurso agua.
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