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jueves, 26 de noviembre de 2015

Tinkunaco 1487/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicas jueves 26/11/2015  
Normativa Nacional
Ley 27210
B.O. 26/11/2015
Se crea el Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género, en el ámbito de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Funciones. Comisión Interdisciplinaria Asesora.

Ley 27203
B.O. 26/11/2015
Se aprueba la ley sobre la Actividad actoral. Ámbito de aplicación y definiciones. Contrato de trabajo actoral. Régimen aplicable. Alcance. Régimen de seguridad social. Asignaciones familiares. Riesgos del Trabajo.

Disposición 6/15 - Dirección Nacional del Registro Oficial
B.O. 26/11/2015
Dirección Nacional del Registro Oficial. Se implementa el uso de la firma digital que dotan la autenticidad e inalterabilidad de una transacción electrónica, como la identificación fehaciente de las personas que la realizan.

Disposición 547/15 - Subsecretaría de Coordinación
B.O. 26/11/2015
Subsecretaría de Coordinación Administrativa. Se aprueba el Régimen de Percepción y Distribución de Honorarios Judiciales. Se deja sin efecto la Disposición Administrativa N° 084/2015.
Jurisprudencia Nacional
Cepeda, Abel Horacio c/ Ortega, Ángel Aníbal y otros s/ daños y perjuicios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - Sala J - 12/11/2015
Desestima la acción por daño moral interpuesta por un hombre que fue detenido por agentes policiales a raíz de la denuncia de un vecino que se había sentido perseguido por el actor durante algunos días en el trayecto hacia la escuela en donde concurrían sus hijas. Finalmente, luego de 11 horas de detención, el actor pudo demostrar que era vecino del lugar y que sus hijos concurrían a otro colegio de la zona. Señala que existían elementos que autorizaban a que se practicara la pertinente denuncia penal y entiende que lo que hizo el demandado fue poner en conocimiento de la autoridad el peligro de la situación, dejando en manos de ésta la determinación de las medidas que considerara necesarias, idóneas para el esclarecimiento de los hechos. En tal sentido considera que, según las del sumario penal, la formulación de la denuncia no obedeció a dolo ni tampoco a cu lpa grave alguna, siendo uno u otro los únicos criterios de imputación aplicables para admitirse una acción como la intentada.

Nuñez, Leonel c/ Asociación del Futbol Argentino s/ Medida cautelar
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - Sala 08 - 09/11/2015
Acción de amparo. Futbolistas profesionales. Rechaza una acción de amparo incoada por un futbolista profesional tendiente a que la asociación nacional que nuclea a los clubes de fútbol le otorgue la libertad de contratación y transferencia definitiva de su pase, aduciendo el cese del vínculo laboral con su club empleador, como consecuencia de la falta de pago de determinadas sumas remuneratorias. Considera que el accionante no cumplió con los requisitos establecidos en el art. 13 b) del CCT 557/09 de futbolistas profesionales, y que el cumplimiento de los mismos resulta relevante para que la demandada otorgara la libertad de contratación. Por otra parte, señala que el club empleador inició una acción de consignación contra el futbolista, impugnando cada uno de los importes remuneratorios reclamados, la cual se encuentra pendiente de resolución definitiva. En c onsecuencia afirma que, de sostener una posición contraria, se llegaría a la desacertada conclusión que la demandada siempre estaría obligada a otorgar la libertad de contratación y pase definitivo a cualquier jugador profesional, aun cuando éste no haya cumplido con las disposiciones previstas en el convenio colectivo aplicable o, cuando aún cumplidas, se encuentren controvertidas judicialmente.
Normativa Provincial
Ley 9715 de LA RIOJA
B.O. 20/11/2015
Administración pública se crea la sociedad La Rioja Productiva S.A.P.E.M. para fortalecer la gestión integral de las empresas productivas públicas organizadas bajo la forma de sociedades comerciales en las que la Provincia tenga participación en el capital social. Administración. Oferta Pública. Representación. Participaciones. Estatuto Social.

Decreto 1/15 de TUCUMAN
B.O. 16/11/2015
Administración pública provincial. Modificación de diversos manuales de Organización. Ministerio de Desarrollo Productivo y sus sectores dependientes. Ministerio de Desarrollo Social. Secretarias de Estado. Se transfiere la Secretaría de Estado de Derechos Humanos.
Jurisprudencia Provincial
Sopo, Eleonora María c/ Centro Médico IPAM S.A s/ Daños y perjuicios
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nro 10 de SANTA FE - SANTA FE - 04/09/2015
Relación de consumo. Daño a la salud. Responsabiliza al sanatorio demandado por las fracturas faciales que sufrió una mujer tras repetir un cuadro de convulsión. Considera que la presencia o no de barandas en la cama en que fuera colocada la actora, ante la configuración del resultado producido, evidencia que los recaudos desarrollados resultaron insuficientes, habiéndose por tanto incumplido el deber de seguridad asumido. Agrega que la defensa que plantea la demandada, aduciendo que la actora sufriera las convulsiones que desencadenaron su caída en razón de un consumo incorrecto de la medicación prescripta por su médico, no puede considerarse o calificarse como un eximente que interrumpa el nexo de causalidad en el supuesto de marras.

Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-212.914/09 (Sala I – Tribunal del Trabajo) Demanda Laboral: Giménez, Corina Elizabeth c/ Video Drome S.A.
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - JUJUY - 15/10/2015
Protección de la maternidad. Período de prueba. Revoca la sentencia que hizo lugar a la indemnización prevista en el art. 182 de Ley de Contrato de Trabajo, solicitada por una trabajadora embarazada que fue despedida durante el período a prueba. Considera que el art. 92 bis de la L.C.T. no necesita de una doble interpretación, y exime a las partes de expresar la causa de la extinción sin consecuencias indemnizatorias. Al respecto, advierte que introducir la presunción del art. 178 en la etapa a prueba, lleva a trastocar la naturaleza del instituto, pues importaría desvirtuar la característica esencial del mismo, que precisamente es la posibilidad de que las partes puedan extinguir la relación de trabajo sin indemnización laboral alguna.
Doctrina
Evolución del mercado asegurador argentino (2003-2013)
Autor: RODRÍGUEZ, MARÍA ALEJANDRA - TORRES, NOELIA
El seguro genera valor social y ayuda a que el desarrollo de una economía sea sostenible, jugando un papel indispensable de protección y de promoción de la actividad económica. Sin embargo, con el fin de permitir que el sector de seguros asuma plenamente su función económica y social, es necesaria la presencia del Estado que prevea un marco de supervisión óptimo.

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