Normativa Nacional |
Ley 27210
B.O. 26/11/2015
Se
crea el Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de
Género, en el ámbito de la Secretaría de Justicia del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Funciones. Comisión
Interdisciplinaria Asesora.
|
Ley 27203
B.O. 26/11/2015
Se
aprueba la ley sobre la Actividad actoral. Ámbito de aplicación y
definiciones. Contrato de trabajo actoral. Régimen aplicable. Alcance.
Régimen de seguridad social. Asignaciones familiares. Riesgos del
Trabajo.
|
Disposición 6/15 - Dirección Nacional del Registro Oficial
B.O. 26/11/2015
Dirección
Nacional del Registro Oficial. Se implementa el uso de la firma digital
que dotan la autenticidad e inalterabilidad de una transacción
electrónica, como la identificación fehaciente de las personas que la
realizan.
|
Disposición 547/15 - Subsecretaría de Coordinación
B.O. 26/11/2015
Subsecretaría
de Coordinación Administrativa. Se aprueba el Régimen de Percepción y
Distribución de Honorarios Judiciales. Se deja sin efecto la Disposición
Administrativa N° 084/2015.
|
Jurisprudencia Nacional |
Cepeda, Abel Horacio c/ Ortega, Ángel Aníbal y otros s/ daños y perjuicios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - Sala J - 12/11/2015
Desestima
la acción por daño moral interpuesta por un hombre que fue detenido por
agentes policiales a raíz de la denuncia de un vecino que se había
sentido perseguido por el actor durante algunos días en el trayecto
hacia la escuela en donde concurrían sus hijas. Finalmente, luego de 11
horas de detención, el actor pudo demostrar que era vecino del lugar y
que sus hijos concurrían a otro colegio de la zona. Señala que existían
elementos que autorizaban a que se practicara la pertinente denuncia
penal y entiende que lo que hizo el demandado fue poner en conocimiento
de la autoridad el peligro de la situación, dejando en manos de ésta la
determinación de las medidas que considerara necesarias, idóneas para el
esclarecimiento de los hechos. En tal sentido considera que, según las
del sumario penal, la formulación de la denuncia no obedeció a dolo ni
tampoco a cu
lpa grave alguna, siendo uno u otro los únicos criterios de imputación
aplicables para admitirse una acción como la intentada.
|
Nuñez, Leonel c/ Asociación del Futbol Argentino s/ Medida cautelar
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - Sala 08 - 09/11/2015
Acción
de amparo. Futbolistas profesionales. Rechaza una acción de amparo
incoada por un futbolista profesional tendiente a que la asociación
nacional que nuclea a los clubes de fútbol le otorgue la libertad de
contratación y transferencia definitiva de su pase, aduciendo el cese
del vínculo laboral con su club empleador, como consecuencia de la falta
de pago de determinadas sumas remuneratorias. Considera que el
accionante no cumplió con los requisitos establecidos en el art. 13 b)
del CCT 557/09 de futbolistas profesionales, y que el cumplimiento de
los mismos resulta relevante para que la demandada otorgara la libertad
de contratación. Por otra parte, señala que el club empleador inició una
acción de consignación contra el futbolista, impugnando cada uno de los
importes remuneratorios reclamados, la cual se encuentra pendiente de
resolución definitiva. En c
onsecuencia afirma que, de sostener una posición contraria, se llegaría
a la desacertada conclusión que la demandada siempre estaría obligada a
otorgar la libertad de contratación y pase definitivo a cualquier
jugador profesional, aun cuando éste no haya cumplido con las
disposiciones previstas en el convenio colectivo aplicable o, cuando aún
cumplidas, se encuentren controvertidas judicialmente.
|
Normativa Provincial |
Ley 9715 de LA RIOJA
B.O. 20/11/2015
Administración
pública se crea la sociedad La Rioja Productiva S.A.P.E.M. para
fortalecer la gestión integral de las empresas productivas públicas
organizadas bajo la forma de sociedades comerciales en las que la
Provincia tenga participación en el capital social. Administración.
Oferta Pública. Representación. Participaciones. Estatuto Social.
|
Decreto 1/15 de TUCUMAN
B.O. 16/11/2015
Administración
pública provincial. Modificación de diversos manuales de Organización.
Ministerio de Desarrollo Productivo y sus sectores dependientes.
Ministerio de Desarrollo Social. Secretarias de Estado. Se transfiere la
Secretaría de Estado de Derechos Humanos.
|
Jurisprudencia Provincial |
Sopo, Eleonora María c/ Centro Médico IPAM S.A s/ Daños y perjuicios
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nro 10 de SANTA FE - SANTA FE - 04/09/2015
Relación
de consumo. Daño a la salud. Responsabiliza al sanatorio demandado por
las fracturas faciales que sufrió una mujer tras repetir un cuadro de
convulsión. Considera que la presencia o no de barandas en la cama en
que fuera colocada la actora, ante la configuración del resultado
producido, evidencia que los recaudos desarrollados resultaron
insuficientes, habiéndose por tanto incumplido el deber de seguridad
asumido. Agrega que la defensa que plantea la demandada, aduciendo que
la actora sufriera las convulsiones que desencadenaron su caída en razón
de un consumo incorrecto de la medicación prescripta por su médico, no
puede considerarse o calificarse como un eximente que interrumpa el nexo
de causalidad en el supuesto de marras.
|
Recurso
de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-212.914/09 (Sala I –
Tribunal del Trabajo) Demanda Laboral: Giménez, Corina Elizabeth c/
Video Drome S.A.
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - JUJUY - 15/10/2015
Protección
de la maternidad. Período de prueba. Revoca la sentencia que hizo
lugar a la indemnización prevista en el art. 182 de Ley de Contrato de
Trabajo, solicitada por una trabajadora embarazada que fue despedida
durante el período a prueba. Considera que el art. 92 bis de la L.C.T.
no necesita de una doble interpretación, y exime a las partes de
expresar la causa de la extinción sin consecuencias indemnizatorias. Al
respecto, advierte que introducir la presunción del art. 178 en la etapa
a prueba, lleva a trastocar la naturaleza del instituto, pues
importaría desvirtuar la característica esencial del mismo, que
precisamente es la posibilidad de que las partes puedan extinguir la
relación de trabajo sin indemnización laboral alguna.
|
Doctrina |
Evolución del mercado asegurador argentino (2003-2013)
Autor: RODRÍGUEZ, MARÍA ALEJANDRA - TORRES, NOELIA
El
seguro genera valor social y ayuda a que el desarrollo de una economía
sea sostenible, jugando un papel indispensable de protección y de
promoción de la actividad económica. Sin embargo, con el fin de permitir
que el sector de seguros asuma plenamente su función económica y
social, es necesaria la presencia del Estado que prevea un marco de
supervisión óptimo.
|
Charlas informativas sobre el uso del Buscador Jurídico Infojus. Inscripciones y consultas al 011-5300-4000 internos 74230 y 74233 o usuarios-infojus@jus.gob.ar
|
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario