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jueves, 12 de noviembre de 2015

Tinkunaco 1433/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicas jueves 12/11/2015  
Normativa Nacional
Decreto 2244/15
B.O. 12/11/2015
Aprobación del Modelo de Contrato de Préstamo BIRF a celebrarse por un monto de hasta U$S 52.500.000, destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Inclusión Socio-Económica en Áreas Rurales”.

Resolución 4/15 - Comisión Arbitral de Convenio Multilateral del 18.8.77
B.O. 12/11/2015
Adelanto del vencimiento de la declaración jurada correspondiente al tramo 2 (que incluye la recaudación del día 11 al 20/11/2015) del mes de noviembre de 2015 al día 26/11/2015.

Resolución 908/15 - Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
B.O. 12/11/2015
Creación del Programa de Acceso al Agua Segura cuyo objetivo será brindar asistencia técnica y financiera para el aprovisionamiento de agua segura, abatimiento de arsénico en aguas para consumo humano, la conservación, recuperación y uso sustentable de cuerpos de agua, así como también para la captación, acopio y uso de agua de lluvia.
Jurisprudencia Nacional
A. M. J. c/ N. F. M. s/ Ejecución de Alimentos Incidente
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - Sala H - 11/09/2015
Alimentos atrasados. Hace lugar a la ejecución por sumas de dinero en concepto de alimentos adeudados, incoada por la madre contra el progenitor que había efectuado el pago directamente a su hija. Considera que lo correcto es privilegiar la legitimación de la madre que ha sido ignorada por el deudor al abonar la suma directamente a la menor, a sabiendas del carácter litigioso del asunto, de la lógica expectativa que la progenitora abrigaba y de la dudosa eficacia cancelatoria de tal pago. Señala que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, en el cual se reflejan las nuevas ideas en materia de familia, reconoce legitimación al progenitor que convivió con su hija para reclamar las cuotas alimentarias atrasadas ante la presunción “iuris tantum” de que éste progenitor fue quien, necesariamente, adelantó los gastos que debían cubrirse con las cuotas no abona das por el alimentante (art. 669 del Código Civil y Comercial).

K. P. A. c/ Fox Film de Argentina S.A. s/ medidas cautelares
CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL - Sala 01 - 24/09/2015
Desestima la medida cautelar solicitada por el titular de una marca con el objeto de que una compañía cinematográfica se abstenga de usar, explotar, comercializar y/o publicitar en el país un largometraje basado en el derrumbe de una mina y el posterior rescate de los trabajadores que quedaron atrapados en el interior de la misma en la República de Chile, ocurrido en 2010. Señala que si bien el dictado de medidas como la solicitada no debe ser precedido de un examen exhaustivo de la confundibilidad de las marcas o designaciones involucradas en el conflicto, ello no significa que la misma pueda ser ordenada prescindiendo del fumus boni iuris y, no siendo evidente la similitud entre las designaciones enfrentadas, la pretensión debe ser rechazada. Entiende que, ante la falta de identidad entre los conjuntos enfrentados, no se puede perder de vista que la cuestión a resolver involucra el alcance de la protección dispensada por la Ley de Marcas frente a los derechos de propiedad intelectual que podrían existir sobre la obra cinematográfica (confr. arts. 1 y 21 de la ley 11.723), cuyo argumento y título se refieren a hechos de público conocimiento.
Normativa Provincial
Ley 5372 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 11/11/2015
Juntas Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se dispone que deberán actualizar y publicar datos de manera periódica. Miembros de la Junta Comunal, Áreas de Gestión y Consejo Consultivo Comunal.

Decreto 2773/15 de CHACO
B.O. 21/10/2015
Ingreso a la planta permanente del Estado. Ministerio de Salud Pública. Se aprueba el llamado a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición y el Reglamento del Procedimiento de Concurso, y el Formulario de Inscripción.
Jurisprudencia Provincial
Farías Mercedes Matilde c/ Prevención ART SA p/ enfermedad accidente
1era CAMARA DEL TRABAJO de MENDOZA - MENDOZA - 07/10/2015
Enfermedad accidente. Condena a una empresa aseguradora de riesgos del trabajo a indemnizar a la viuda de un trabajador de un casino que falleció de cáncer de pulmón. Considera que el deceso del empleado encuentra una causalidad adecuada con el ambiente de trabajo, en tanto surge acreditado que el ambiente de trabajo era estresante y con mucha concentración de humo de cigarrillo y que varios compañeros de trabajo fallecieron por afecciones ocasionadas por el cigarrillo. En ese sentido, resuelve declarar la inconstitucionalidad del art. 6 inc. 2 de la Ley 24.557, de conformidad con el criterio sentado por la Suprema Corte de Justicia en los autos "Borecki Eduardo c/I.M.P.S.A. p/Enf.Acc. s/Cas.”, pues si bien se trata de una enfermedad no listada por el decreto 658/96, lo contrario importaría inhabilitar al trabajador para acudir ante la justicia y obtener su in clusión como enfermedad indemnizable violentando los arts. 14 bis, 16, 17, 19 y 75 inc. 22 de la CN.

Bártoli, Guillermo s/ recurso de casación y sus acumuladas
TRIBUNAL DE CASACION PENAL de LA PLATA - BUENOS AIRES - 22/10/2015
Confirma las condenas impuesta a dos hermanos de María Marta García Belsunce por encontrarlos penalmente responsable de los delitos de encubrimiento agravado por tratarse el hecho precedente de un delito especialmente grave, en los términos del art. 277 inc 1° B, en función del inc. 3° a), en su relación con el art. 79 del Código Penal. Con respecto al cumplimiento efectivo de la pena, refiere que el dilatado trámite de la causa provoca que las respectivas prisiones preventivas establecidas al momento de dictar sentencia hayan excedido todo plazo razonable, por ello en atención a estas circunstancias, al estado procesal de las actuaciones y que las condenas impuestas no se encuentran firmes, corresponde que los recurrentes aguarden la decisión definitiva en libertad.
Doctrina
Derecho a la vida privada familiar. Derecho de rectificación
Autor: CHERTCOFF, MARINA
En este trabajo se analiza un fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el cual se ponen en juego tres derechos: el derecho a la vida privada familiar, el derecho a la libertad de expresión y el derecho de rectificación.

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