Normativa Nacional |
Resolución 3806/15 - Administración Federal de Ingresos Públicos
B.O. 06/11/2015
Cumplimiento voluntario de las obligaciones impositivas, de los recursos de la
seguridad social y aduaneras. Régimen especial de facilidades de pago para la
cancelación de deudas vencidas al 30 de septiembre de 2015.
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Disposición 292/15 - Dirección Nacional Electoral
B.O. 06/11/2015
Segunda Vuelta Electoral. Asignación a las agrupaciones políticas de espacios
para publicidad electoral en los servicios de comunicación audiovisual. Sorteo
público de asignación de espacios.
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Jurisprudencia Nacional |
Actor: D. R. D., P. Demandado: G. Z., P. s/ régimen de visitas
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - Sala B - 11/09/2015
Homologa el convenio de régimen de cuidado personal de los hijos menores en
común y el régimen de contacto acordado por los padres, dejándolo sujeto a una
serie de sanciones en caso de incumplimiento del mismo. Señala que lo dispuesto
halla su fundamento en la inteligencia de que uno de los deberes fundamentales
que tiene el padre o la madre que se encuentra al cuidado de un hijo es el de
favorecer y estimular la libre comunicación del niño o niña con el otro
progenitor no conviviente, y que cualquier obstrucción o desidia a la hora de
propender a ese vínculo resulta incompatible con los deberes a cargo de quien
pretende ejercer el cuidado de los hijos. Entiende que la falta de colaboración
activa de un progenitor para que los hijos logren una buena comunicación con el
otro, da muestras de que dicho padre o madre es inidóneo para tenerlos bajo su
cuidado personal y destaca que el art. 653, inc. a), del Código Civil y
Comercial establece como primera pauta a tener en cuenta por el juez para
asignar el cuidado personal la prioridad del progenitor que facilita el derecho
a mantener trato regular con el otro.
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Caputo, Gustavo José c/ Acquafilms SRL y otro s/ daños y perjuicios
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 27/10/2015
Daños
y perjuicios. Filmación y difusión de imágenes. Confirma la sentencia
que condenó al director de cine Enrique Piñeyro y a una productora
cinematográfica a indemnizar a un suboficial de la Fuerza Aérea
Argentina, que fue filmado sin su consentimiento en su lugar de trabajo
mientras cumplía funciones como operador de tránsito aéreo en la torre
de control del Aeropuerto Internacional de Ezeiza. Dichas imágenes
fueron difundidas en una película del director, la cual contiene una
fuerte crítica acerca de la seguridad aérea. Fundamenta el rechazo del
recurso en que la parte apelante no ha cumplido con el depósito previsto
por el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, ni
invocó exención alguna contemplada en las normas vigentes en materia de
tasas judiciales.
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Normativa Provincial |
Ley 565 de CHUBUT
B.O. 28/10/2015
Se
crean Bancos de Leche Materna Humana (BLMH) en todos los Hospitales
Públicos y Establecimientos Asistenciales dependientes del Ministerio de
Salud de la Provincia del Chubut. Autoridad de aplicación.
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Ley 91 de CHUBUT
B.O. 28/10/2015
Sistema
de jubilaciones y pensiones. Se incorpora el artículo 55 sexies a la
Ley XVIII N° 32 (antes Ley N°3923) sobre el derecho a la Jubilación
Ordinaria por Tarea Riesgosa. Requisitos.
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Jurisprudencia Provincial |
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y otros contra Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre amparo
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO Nro 13 de CIUDAD DE BUENOS AIRES - CIUDAD DE BUENOS AIRES - 03/11/2015
Cupo
femenino. Hace lugar a la acción de amparo interpuesta contra la
Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de que se declare
la
nulidad de la resolución en virtud de la cual se designó a un nuevo
auditor de
la Auditoría General de la Ciudad como consecuencia de la vacancia
producida a
raíz de la renuncia de una de las auditoras. Advierte que la medida
impugnada
afecta el derecho de las mujeres a la igualdad y efectiva participación
en la
vida política, en tanto constituye un supuesto de discriminación —en los
términos de las leyes 474 y 5261locales—, ya que con el nombramiento
cuestionado se vulnera el cupo constitucional dispuesto como herramienta
para acceder a la igualdad de oportunidades y trato entre varones y
mujeres y el ejercicio igualitario de los derechos y garantías relativos
a ello reconocidos en las leyes y constitución de la ciudad, nacional y
tratados internacionales.
Asimismo, ordena a la legislatura a que, en los términos del inciso “d”
del
artículo 15 de la ley 5261, difunda disculpas públicas al grupo
discriminado en alguno de los tres medios de prensa gráfica de mayor
tirada en la Ciudad.
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L., J. E. s/ robo agravado por el uso de arma blanca
CAMARA EN LO CRIMINAL de TRELEW - CHUBUT - 15/09/2015
Imputabilidad
y estado de ebriedad. Beneficio de la duda. Declara la absolución de un
imputado que al momento de cometer el delito de robo agravado por el
uso de arma presentaba una intoxicación alcohólica. Manifiesta que
existiendo declaración de la médica policial referente al estado de
ebriedad, y ante la ausencia de una prueba científica que acreditara el
grado de alcoholización al momento de su detención, el magistrado a quo
debió dudar del real grado de capacidad psíquica y del ámbito de
autodeterminación que poseía en aquel momento del hecho.
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Doctrina |
Revisión judicial en materia migratoria. Doble instancia en materia civil
Autor: DE LLANO, HERNÁN
En
el presente trabajo se analiza un fallo de la Corte Suprema de Justicia
en el cual se determinó el alcance del recurso directo contemplado en
el art. 84 de la ley 25.871 de Migraciones, en cuanto a la apelabilidad
de las sentencias definitivas adoptadas por los jueces de primera
instancia.
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