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jueves, 5 de noviembre de 2015

Tinkunaco 1409/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicas jueves 05/11/2015  
Normativa Nacional
Decreto 2180/15
B.O. 05/11/2015
Convenio de Garantía. Obligaciones financieras a ser asumidas por el Gobierno de la provincia de San Juan. Proyecto de Acueducto Gran Tulum. Se autoriza el sistema de solución de controversias.

Resolución 848/15 - Secretaría General de la Presidencia de la Nación
B.O. 05/11/2015
Se declara de interés nacional el Congreso Mundial de Diálogo Intercultural e Interreligioso: Una Senda Hacia la Paz, a realizarse días 16, 17 y 18 de noviembre de 2015 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Jurisprudencia Nacional
R., S. c/ Colegio Público de Abogados de Capital Federal s/ recurso directo de organismo externo
CAMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - Sala 05 - 06/10/2015
Abogados. Sanción disciplinaria. Confirma la multa aplicada por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal a un letrado que en un proceso judicial se presentó en varias oportunidades como apoderado de un cliente fallecido que nunca le había otorgado dicha representación. Señala que, en cuanto a la afirmación del recurrente relativa al desconocimiento del fallecimiento de su cliente, dicho argumento no obsta a considerar que se configura la materialidad de la falta endilgada, dado que la sanción se basó en la intervención del letrado como apoderado invocando un poder judicial que nunca le había sido otorgado. En tal sentido, afirma que el recurrente no podía desconocer que tal poder en su favor nunca existió, circunstancia que justifica plenamente el juicio de reproche efectuado por la institución demandada.

Recurso de hecho deducido por C.D.F. y J.V. en la causa D., L. A. y otro s/ guarda
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 27/10/2015
Revoca el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que había declarado la incompetencia del fuero en el marco de un proceso de guarda preadoptiva de una niña y había dispuesto la remisión de la causa al tribunal que resultara competente en la Provincia de Misiones, lugar de domicilio de la madre de la menor cuya guarda se pretendía. Señala que el Código Civil y Comercial de la Nación, en su art. 716 y en orden al principio de aplicación inmediata de las leyes modificatorias de competencia, fija las reglas en materia de competencia en los procesos relativos a los derechos de niños, niñas y adolescentes -entre los que se encuentran los procesos de guarda y adopción-, y establece que es competente el juez del lugar donde la persona menor de edad tiene su centro de vida. En tal sentido refiere que, dada la índole de los derechos en juego que requier en la inmediata actuación de un juez que atienda la situación de la menor, corresponde prescindir de los reparos formales, dirimir la cuestión y disponer que resulta competente para entender en el caso el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil, en cuyo ámbito de actuación reside, de manera efectiva y estable, la niña.
Normativa Provincial
Ley 10397 de ENTRE RIOS
B.O. 27/10/2015
Administración pública provincial. Se crea el Archivo Judicial de la Provincia que dependerá del Superior Tribunal de Justicia. Objeto. Régimen de actuación. Documentos indestructibles. Plazos.

Ley 2859 de LA PAMPA
B.O. 09/10/2015
Se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial de la provincia. Atribuciones y deberes de los defensores. Se modifica el art. 102 de la Ley 2574.
Jurisprudencia Provincial
T. M del V c/ Instituto Provincial de Salud de la Provincia de Salta s/ amparos constitucionales
TRIBUNAL DE JUICIO de SALTA - SALTA - 02/11/2015
Técnicas de reproducción asistida. Ordena a una obra social cubrir el total del tratamiento de fertilización de alta complejidad solicitado por una afiliada soltera, consistente en ovodonación y donación de espermas. Rechaza el argumento esgrimido por demandada referente a que de acuerdo a normativas solamente se reconoce los óvulos que provienen de bancos de gametos, pues el tratamiento a realizarle a la afiliada, para el caso que pudiera extraerse ovocitos de ella, es casi idéntico al que correspondería en caso que sean gametos provenientes de una donante, a lo que sólo se le agregaría el costo de los estudios de rigor previos a la donación y ello tampoco generaría mayores costos a la obra social, máxime cuando la Ley Nacional 26.862 y su decreto reglamentario 956/13 han dejado zanjada la cuestión, ordenando la cobertura tanto cuando los gametos provienen de la misma afiliada/paciente como cuando lo son de un donante.

A., P. E. p.s.a. de Homicidio Doblemente Calificado por ser miembro de la fuerza de seguridad. L.G.S.M.. Calificación Alternativa A., P. E. p.s.a. de Homicidio Doblemente Calificado por ser miembro de la fuerza de seguridad con exceso en la legitima defe
TRIBUNAL EN LO CRIMINAL Nro 3 de SAN SALVADOR DE JUJUY - JUJUY - 31/08/2015
Legítima defensa. Fuerzas de seguridad. Resuelve absolver al policía acusado del homicidio de un sospechoso, en el marco de un operativo de prevención. Advierte que el acusado recibió un comunicado sobre un supuesto robo con arma de fuego, cuyos autores fueron avistados por el nombrado, quienes a fin de eludir al personal policial, efectuaron disparos contra el móvil del encartado, que respondió disparando contra los sospechosos, ocasionando la muerte de uno de ellos. Considera que el imputado actuó en cumplimiento de sus obligaciones legales derivadas de su actividad preventiva y luego represiva como funcionario policial; toda vez que encontrándose de servicio persiguió a los sospechosos cumplimentando órdenes, con personal a cargo, en móvil oficial, vistiendo uniforme y provisto de arma reglamentaria, desde que fue agredido ilegítimamente y utilizó un medio racional para impedir o hacer cesar el evento de violencia del que era objeto y no provoco tal ataque.
Doctrina
Acceso a la Justicia de las personas con discapacidad. Formato de lectura fácil
Autor: ALDERETE, CLAUDIO MARCELO
En este trabajo se analiza el tema del acceso a la justicia de las personas con discapacidad en lo referente a la imperiosa necesidad de comenzar, por parte de los operadores del derecho, de implementar el formato de lectura fácil en las sentencia judiciales.

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