Washington,
D.C. – La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato
del periodista Pedro Tamayo Rosas, ocurrido el 20 de julio en la
localidad de Tierra Blanca, estado de Veracruz, México, e insta a las
autoridades mexicanas a actuar de manera pronta y oportuna para
investigar el crimen e identificar y sancionar a los responsables, tanto
materiales como intelectuales.
De acuerdo con la información disponible, Tamayo colaboraba con los
diarios locales El Piñero de la Cuenca y Al Calor Político en el estado
de Veracruz para los cuales cubría sucesos policiales y había reportado
secuestros, hallazgo de cadáveres en fosas clandestinas y ejecuciones.
En el mes de enero fue reportado como desaparecido por los medios de
comunicación pero días después la policía lo habría localizado en la
localidad de Acatlán de Pérez Figueroa, estado de Oaxaca. A partir de
ese hecho, la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los
Periodistas, entidad pública del estado de Veracruz, habría dispuesto
medidas extraordinarias de protección.
El Estado informo a la Relatoría que la Fiscalía General del Estado de
Veracruz (Sub Unidad Integral de Procuración de Justicia de Tierra
Blanca) inició el 20 de julio la investigación para dar con los
responsables del asesinato y que dentro de las primeras diligencias
probatorias realizadas se encontraría la hipótesis relacionada con su
trabajo periodístico. Además, el Estado informó que el Fiscal
Especializado en Atención de Delitos cometidos contra periodistas inició
una investigación en coordinación con la fiscalía local. Por su parte,
la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas del
estado de Veracruz condenó el asesinato e informó que estaba en
comunicación constante con la familia del periodista brindándoles
asesoría y apoyo.
La Relatoría expresa su consternación ya que el asesinato de Pedro
Tamayo ocurrió pese a la existencia de medidas de protección otorgadas a
favor del comunicador y la vigencia del Sistema de Alerta Temprana y
Planes de Contingencia para la protección de los periodistas de
Veracruz.
Este es el séptimo asesinato de un periodista en México ocurrido este
año del cual la Relatoría tiene conocimiento: el 21 de enero fue
asesinado
Marcos Hernández Bautista en la localidad de San Andrés Huaxpaltepec, estado de Oaxaca; el 9 de febrero
Anabel Flores Salazar fue hallada muerta en el estado de Puebla; el 20 de febrero fue encontrado sin vida el cuerpo de
Moisés Dagdug Lutzow en el estado de Tabasco; el 25 de abril fue asesinado
Francisco Pacheco Beltrán en Taxco, estado de Guerrero, el 14 de mayo fue asesinado
Manuel Torres González
en Poza Rica, estado de Veracruz y el 19 de junio fue asesinado Elpidio
Ramos Zárate en Juchitán de Zaragoza, estado de Oaxaca. La Relatoría
Especial expresa su profunda preocupación por el aumento de la violencia
contra periodistas en México que se expresa en el incremento de la
cifra de periodistas asesinados en relación con años anteriores, cuyas
muertes podrían estar vinculadas al ejercicio de la profesión.
En atención a la compleja situación de violencia que enfrenta el
periodismo en el estado de Veracruz, en noviembre de 2015 la Secretaría
de Gobernación (SEGOB) puso en marcha un Sistema de Alerta Temprana y
Planes de Contingencia para la protección de los periodistas de
Veracruz, consistente en un programa de políticas públicas que tiene
como objetivo evitar potenciales agresiones a las y los periodistas de
la región.
La situación de violencia contra los y las periodistas en México ha sido
motivo de preocupación especial para esta oficina. La Relatoría
recuerda que la obligación de conducir la investigación con debida
diligencia y agotar todas las líneas lógicas de indagación reviste
especial relevancia en casos de violencia contra periodistas; una
investigación que no pondere aspectos vinculados con el contexto de la
región, así como la actividad profesional del periodista, tendrá menos
posibilidades de conseguir resultados. De la misma manera, la Relatoría
Especial considera fundamental evaluar de forma urgente la posibilidad
de activación de los mecanismos de atracción previstos en la ley y que
este caso pueda ser investigado y judicializado de inmediato por las
autoridades federales mexicanas.
El principio 9 de la
Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH
señala: "[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los
comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios
de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y
coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados
prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a
las víctimas una reparación adecuada".
Cuando tales delitos quedan impunes, esto fomenta la reiteración de
actos violentos similares y puede resultar en el silenciamiento y en la
autocensura de los y las comunicadoras.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina
creada por la CIDH con el fin de estimular la defensa hemisférica del
derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel
fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina
creada por la CIDH con el fin de estimular la defensa hemisférica del
derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel
fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.
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