| Normativa Nacional |
Decreto 2057/15
B.O. 08/10/2015
Aprobación de Modelo de Contrato de Préstamo BIRF a celebrarse con el Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), por un monto de hasta U$S
350.000.000, destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Protección de
Personas Vulnerables contra Enfermedades No Transmisibles”.
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Resolución 265/15 - Secretaría de Hacienda
B.O. 08/10/2015
Se dispone la emisión del “Bono de la Nación Argentina Vinculado al Dólar
0,75% Vto. junio 2017” (BONAD 0,75% junio 2017) por un monto de hasta valor
nominal original de U$S 1.000.000.000. Condiciones financieras.
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Resolución 264/15 - Secretaría de Hacienda
B.O. 08/10/2015
Se dispone la emisión del “Bono de la Nación Argentina en Pesos Badlar Privada
+ 300 pbs. Vto. 2017” (BONAR BADLAR PRIVADA + 300 pbs. PESOS Vto. 2017), por
un monto de hasta valor nominal original $ 10.000.000.000. Condiciones
financieras.
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Resolución 1280/15 - Jefatura de Gabinete de Ministros
B.O. 08/10/2015
Medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y
proteger a sus víctimas. Protocolo Único de Articulación, elaborado por el
Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y
para la Protección y Asistencia a las Víctimas.
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Disposición 460/15 - Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
B.O. 08/10/2015
Modificación del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional
de la Propiedad del Automotor. Inscripción de una transferencia en favor del
tomador de un contrato de leasing como consecuencia de haber efectuado la
opción de compra. Rectificación de la Disposición D.N. N° 455/15.
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| Jurisprudencia Nacional |
V., E. M. A. s/ procesamiento
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - Sala 06 - 26/08/2015
Confirma
el procesamiento, en orden al delito de defraudación por administración
fraudulenta, de una mujer que, con posterioridad al fallecimiento de su
concubino, vendió un automóvil perteneciente a uno de sus hijos,
entregándolo como retribución a un tercero que realizó trabajos de
refacción de un inmueble de exclusiva propiedad de la imputada, sin
autorización de los restantes herederos, no pudiendo concretarse la
transferencia porque el vehículo estaba afectado a la sucesión.
Considera que la encartada, estando a cargo del cuidado de parte de los
bienes de quien fuera su concubino, dispuso de uno ellos sin la
autorización de la totalidad de los herederos, que indefectiblemente
vieron menoscabados sus derechos sobre la masa sucesoria, máxime
teniendo en cuenta que los querellantes desconocieron la invocada
gestión y que el actual poseedor del rodado manifes
tó haberlo recibido de la imputada.
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M., M. c/ Colegio Público de Abogados de Capital Federal s/ ejercicio de la abogacía - Ley 23187 - art. 47
CAMARA NAC. APELAC. EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - Sala 01 - 30/09/2015
Sanciones
del Colegio de Abogados. Confirma la multa aplicada por el Tribunal de
Disciplina del C.P.A.C.F., por haber infringido el art. 22 incs. a) y b)
del Código de Ética, a un abogado que expresó frases agraviantes contra
un Juez Nacional de Instrucción en un recurso de apelación interpuesto
por el letrado contra la decisión del magistrado de sobreseer a todos
los imputados en una causa penal. Considera que el profesional utilizó
expresiones descalificatorias y ofensivas en el escrito acompañado, en
el que no mostró el respeto y la compostura que debía observar en el
cumplimiento del ejercicio de la defensa, que las frases expuestas no
eran necesarias para fundar su reclamo y su utilización traduce una
falta de estilo adecuado a la jerarquía que impone el ejercicio de la
abogacía. En consecuencia, el magistrado denunciante fue agraviado por
las aludidas ma
nifestaciones.
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| Normativa Provincial |
Ley 2956 de NEUQUEN
B.O. 18/09/2015
Usuario
de servicios telefónicos. Se crea el Registro No Llame. Protección a
usuarios de servicios telefónicos. Medios para la inscripción.
Notificación a las empresas. El régimen procedimental aplicable.
Funciones de la autoridad de aplicación.
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Ley 2953 de NEUQUEN
B.O. 18/09/2015
Transporte
público de pasajeros del Neuquén. Adhesión provincial a la Ley Nacional
27.023. Inscripción de la leyenda: Las Islas Malvinas son argentinas.
Autoridad de aplicación. Se invita a adherirse a municipios.
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| Jurisprudencia Provincial |
C/C Humano, Leandro David - recurso de inconstitucionalidad penal
CORTE DE JUSTICIA - SALTA - 29/09/2015
Derecho a un plazo razonable en la duración del juicio. Rechaza el recurso
extraordinario federal interpuesto contra la sentencia que confirmó la condena
del imputado quien alegó que, al momento de la resolución impugnada, ya había
transcurrido el término máximo previsto por el art. 219 del Código Procesal
Penal de la Provincia de Salta para la realización del juicio. Advierte que la
sanción prevista en dicha norma corresponde exclusivamente a la etapa de juicio;
ergo, el plazo de dos años al que se supedita la caducidad sólo puede computarse
a partir de que el expediente ha culminado con los trámites preparatorios y se
encuentra efectivamente a disposición del tribunal que entenderá con competencia
para dictar sentencia definitiva.
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E. H. R s/ acción de amparo
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nro 1 de RESISTENCIA - CHACO - 30/09/2015
Resuelve
acumular la acción de amparo deducida por el poseedor de un inmueble, a
fin de que se deje sin efecto lo actuado en la causa penal por
usurpación seguida en su contra, con las referidas actuaciones penales.
Refiere que, ante la orden de allanamiento librada en dicha causa penal
impugnada en el presente, el actor debidamente patrocinado realizó una
presentación con las mismas documentales que adjunta a estas
actuaciones, la cual actualmente se encuentra en trámite. Añade que la
conexidad se configura cuando dos o más procesos se vinculan entre sí
por la comunidad de algunos de los elementos que integran las relaciones
jurídicas trabadas en cada litis.
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| Doctrina |
Reflexiones sobre la responsabilidad profesional en el Código Civil y Comercial de la Nación
Autor: TANZI, SILVIA Y.
Esta
breve reseña destaca la importancia que tiene el tratamiento de la
responsabilidad de las profesiones liberales y analiza el marco que
otorga el Código Civil y Comercial para una justa y equitativa
protección de quien es inexperto ante la actuación profesional y
necesita del ordenamiento jurídico respuestas adecuadas, mediante un
articulado preciso y concreto que ha eliminado las sutiles diferencias
entre ambos regímenes y ha disipado dudas en aras de la seguridad
jurídica.
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Ya está disponible el Tomo II del Código Civil y Comercial Comentado. Es libre y gratuito.
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