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Los
peligros de la “flexiseguridad”: crónica de un desastre
anunciado
Adoración
Guamán
ALAI
AMLATINA, 15/06/2017.-
Hace
ya varias décadas que las normas que regulan las relaciones de
trabajo
remunerado, el Derecho del Trabajo, están sufriendo una
profunda mutación
genética y no precisamente hacia una mejora de las condiciones
de vida de las
mayorías sociales. El discurso bajo el cual se ha camuflado la
destrucción de
los derechos laborales tiene un nombre: flexiseguridad.
Esta
mutación hacia la precariedad ha sido especialmente acusada en
los últimos años
y se ha producido en particular en los países europeos
caracterizados por tener
normas laborales orientadas a proteger a la clase trabajadora
y a garantizar los
derechos colectivos de las organizaciones de los trabajadores
y trabajadoras. Con
el objetivo de destruir esta voluntad protectora, y en un
caldo de cultivo perfecto
(el desempleo masivo y las recurrentes crisis económicas) en
los países de la
Europa del antiguo estado del bienestar, se ha promovido el
discurso suicida de
que la reducción de los derechos de las y los asalariados es
el único medio
para alcanzar un mayor nivel de bienestar económico. El
derecho del trabajo
sería, según el discurso proveniente de los sectores
empresariales y de las
instituciones financieras, el culpable de la elevada tasa de
destrucción del
empleo. Las normas laborales son, en opinión de estos sectores
económicos,
anticuadas y rígidas, un obstáculo para las “exigencias de
flexibilidad de las
empresas”.
Flexibilidad,
he ahí la gran palabra de moda entre las organizaciones
empresariales que
exigen que el trabajador se convierta en una mercancía
flexible, adaptable a
las exigencias del infalible mercado, que todo lo puede. Se
exige que sean las
y los trabajadores quienes carguen con los riesgos económicos
que asume el
empresario en el mercado y para ello pretenden que la empresa
pueda desprenderse
de la fuerza del trabajo como quien se deshace del mobiliario
que ya no le
sirve.
Este
discurso se instaló con rapidez en las agendas políticas
estatales con el
auspicio fundamental de las instituciones de la Unión Europea.
Evidentemente,
fue necesario maquillar el término flexibilidad y para ello se
inventaron un
nuevo círculo virtuoso: la flexiseguridad.
En apariencia, este concepto contenía la voluntad de crear un
equilibrio en el
mercado de trabajo para conseguir una combinación entre las
medidas flexibilizadoras
y aquellas orientadas a dar seguridad a los trabajadores, no
en el puesto de
trabajo sino en el empleo. Los documentos relativos a la
política de empleo
europea pronto integrarían este discurso, que justifica la
flexibilización del
mercado de trabajo a cambio de estrategias que protejan al
trabajador en las
transiciones entre distintos empleos y no en el puesto de
trabajo. Sin embargo,
más allá de las declaraciones de intenciones, lo cierto, y así
lo demuestran
las reformas laborales realizadas en Europa bajo el signo de
la flexiseguridad, es
que este término es
fundamentalmente una cara “amable” de la flexibilidad, y que
su utilización por
la Comisión Europea y por los gobiernos de numerosos Estados
miembros (en
especial el español) se vincula fundamentalmente con la
precarización, es
decir, con la reducción de los derechos de las personas que
trabajan y de las
organizaciones que las representan, con la conversión de la
fuerza de trabajo
convirtiéndola en una mercancía.
Esta
percepción se consolida al analizar la recepción del concepto
en la normativa
española, mediante las grandes reformas laborales realizadas
entre el 2010 y el
2014, muchas de las cuales ya utilizaron expresamente como eje
central el
término flexiseguridad.
Esta palabra se
constituía como concepto guía de las modificaciones normativas
orientadas a
aumentar la triple vía de la flexibilidad: precarización en la
entrada
(contratos laborales temporales, de muy corta duración y con
figuras atípicas
como un periodo de prueba de un año); precarización en las
condiciones de
trabajo (posibilidad del empresario de reducir salarios y
modificar las
condiciones de trabajo con facilidad) y precarización en la
salida, es decir,
despido libre con indemnización reducida y sin visto bueno. De
manera paralela,
se quebró la columna vertebral de los sindicatos, al destrozar
la estructura de
la negociación colectiva y priorizar el ámbito de la empresa
frente al ámbito
del sector para la negociación de los convenios y de los
salarios. Esto ha
provocado una devaluación generalizada de los salarios en
España. Ahora sí se
ha conseguido lo que querían, no sólo han flexibilizado el
trabajo, han
flexibilizado la vida. La cuestión de la seguridad se quedó
por el camino. La
flexiseguridad a la española se ha convertido así en un claro
ejemplo de “flexi-inseguridad”.
¿Cuáles
han sido los resultados de este experimento de la
flexi-inseguridad instaurado
en España con las reformas realizadas entre el 2010 y el 2014?
Para comenzar es
necesario recordar que desde inicios de 2008 hasta el final
del año 2013 hubo
en España una destrucción neta de casi 3 millones setecientos
mil empleos, lo
que representa un 17,8% del empleo total del país. El
desempleo aumentó hasta
casi el 27% de la fuerza de trabajo y entre las y los jóvenes
hasta el 57%. Quedó
así demostrado que la economía española es, dentro de la UE,
la que más empleo
crea en las expansiones económicas y la que más empleo
destruye en las
recesiones, por eso sorprende que alguien pueda decir que el
mercado español es
rígido, cuando en realidad es todo lo contrario.
Pero
las políticas de precarización (flexibilización) fueron
“efectivas” al menos
para los objetivos de un gobierno preocupado únicamente por
maquillar las
cifras del desempleo. Desde 2014 se viene incrementando el
volumen de ocupados
en España, el desempleo ha pasado del ya mencionado 27% a un
18,75%. Las
razones de este crecimiento tienen que ver mayoritariamente
con factores
externos como la recuperación económica europea que tira de la
demanda española,
y la bajada del precio del petróleo, pero también, desde
luego, la devaluación
salarial y la precarización provocada por las reformas
normativas “flexibilizadoras”,
que han reducido drásticamente la calidad del empleo y han
dado forma a este
crecimiento de la ocupación en España.
¿Merece
la pena sacrificar los derechos a un trabajo digno y estable,
a un salario
adecuado, a cambio de la creación de puestos de trabajo
precarios? La respuesta
es NO, la precarización es un fenómeno que se enraíza en la
fuerza de trabajo,
que la corroe, que impide la evolución profesional de las y
los jóvenes, su
emancipación, la dignidad de la vida de las familias y que
provoca pobreza,
desmotivación, desilusión, y que acaba con generaciones
enteras que emigran o desafectan
de un sistema que les recorta los derechos por los que
lucharon generaciones
enteras.
Lo
ocurrido en España demuestra que tras los discursos y los
términos en
apariencia amables se esconden dinámicas de destrucción de
derechos que son
diametralmente opuestas al buen vivir y a los derechos
reconocidos en la
Constitución ecuatoriana de 2008, donde se reconoce con
claridad el derecho a
un trabajo digno y estable y la prohibición de aplicar
políticas recesivas de
los derechos laborales. La experiencia comparada, no solo
española, también la
italiana, portuguesa, griega o francesa nos demuestra que el
camino no pasa por
una receta mágica fallida, la “flexiseguridad”, sino por
políticas que
apuntalen el buen vivir y el trabajo digno.
-
Adoración Guamán, profesora de derecho del trabajo.
Universidad de Valencia.
URL
de este artículo: http://www.alainet.org/es/articulo/186202
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