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lunes, 17 de julio de 2017

Tinkunaco 1.514/17 - La Cámara del Trabajo ordenó reincorporar a despedidos de Pepsico


Sábado, 15 de junio.- Luego del brutal desalojo, la Justicia otorgó un amparo a un grupo de empleados porque la compañía no cumplió con el “procedimiento preventivo de crisis”. Le impuso una sanción de 5 mil pesos diarios en caso de que no cumpla con el fallo.

Un fallo de la Cámara del Trabajo le ordenó a la empresa PepsiCo que reincorpore a diez de los trabajadores que fueron despedidos por el cierre de su fábrica en Florida. La sala sexta del tribunal concedió una medida cautelar con el argumento de que la empresa no podía despedir a nadie porque no había cumplido con en el llamado “procedimiento preventivo de crisis”, una instancia que tramita en el Ministerio de Trabajo que obliga a la compañía a demostrar que sufre una crisis económica y a ofrecer una propuesta a los trabajadores. Ni PepsiCo avanzó en ese proceso ni el ministerio la intimó a hacerlo. En una conferencia de prensa, los despedidos de PepsiCo señalaron que la decisión judicial demuestra que el brutal operativo de desalojo con agentes de Gendarmería y de la policía bonaerense “se podía haber evitado”, y que era cuestión de esperar a que evolucionaran las demandas en los tribunales del trabajo, pero que quedó en evidencia –marcaron– la “voluntad de represión que tiene el Gobierno”. La resolución advierte que “por cada día de demora” se le aplicará a la firma una “sanción conminatoria” de 5000 pesos. “Debe reabrir y cumplir el fallo judicial”, advirtió Edgardo Moyano, uno de los abogados.

“Los trabajadores accionantes tienen derecho a mantener su relación de trabajo”, definieron los jueces Luis Raffaghelli y Néstor Rodríguez Brunengo. Es obligatorio que antes de medidas de suspensión o despido de trabajadores las empresas hagan el “procedimiento de crisis”. Pero el tribunal señaló que “no surgen elementos” de que se haya hecho ese trámite, que prevé presentaciones, justificación de la situación de la empresa, audiencias y propuestas a sus empleados. Recuerda, por ejemplo, que la presentación inicial de la empresa “debe como mínimo, explicitar las medidas que propone para superar la crisis o atenuar sus efectos”. Pero como nada de eso pasó “los trabajadores están en su derecho de exigir ocupación efectiva de acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo y por los pactos internacionales que dan enorme tratamiento al derecho al trabajo, que es un derecho humano fundamental (…) la empresa no puede despedir sin el procedimiento de crisis”, explicó Raffaghelli, en una entrevista en La Inmensa Minoría, en Radio Con Vos. “Es absolutamente llamativo que en un procedimiento de crisis, que es una herramienta que contempla la ley  para empresas que realmente entren en crisis, haya tenido el desenlace que todos conocemos”, dijo. “Nos parece que el derecho al trabajo tiene una jerarquía valorativa superior al derecho de propiedad de la empresa”, agregó.

El juez Raffaghelli explicó que la Cámara no resolvió nada con anterioridad porque el expediente recién llegó a ese tribunal el miércoles de esta semana. Anteayer, el día del desalojo, firmaron la medida cautelar. Una jueza de primera instancia antes la había rechazado. Este planteo tiene efecto para diez trabajadores. Hay otras presentaciones en pleno trámite en otros juzgados.

Los despedidos de PepsiCo son cerca de 600. Se enteraron de su situación de la noche a la mañana, el 20 de junio, por un cartel pegado en la puerta de la fábrica en Vicente López que anunciaba el “cese de operaciones” y que los “libraba de brindar servicio”. El cierre de la planta –que producía papas fritas, Doritos, Cheetos y maníes entre otros populares snacks– ocurre en medio de la caída de la actividad industrial, la apertura a la importación y el crecimiento del desempleo. A partir de ese momento, los trabajadores hicieron vigilias, protestas y algunos iniciaron acciones judiciales. Hubo un pedido en el juzgado federal de San Isidro de Sandra Arroyo Salgado para que se declare el lock-out patronal, que es un delito. La fiscalía de Matías Di Lello pidió algunas medidas, aún en trámite. Por otro lado, cuando los operarios ingresaron a la fábrica una semana después de los despidos, la empresa hizo una denuncia penal por usurpación y por un supuesto peligro ambiental debido a que dejó de funcionar la planta de efluentes. En el ínterin, “algo más de 400 trabajadores aceptaron indemnizaciones, aunque cerca de un centenar de ellos firmaron una carta en la que dicen que aceptaron ese pago bajo extorsión porque les advertían que de lo contrario corrían riesgo de cobrar mucho menos; nosotros denunciamos un cierre ilícito, los obligaron a negociar una indemnización”, explicó Myriam Bregman, referente del PTS, quien acompaña el reclamo de los trabajadores de PepsiCo. También desmintió tajantemente que haya empleados reubicados, una versión que circuló debido a que la empresa también tiene una planta en Mar del Plata y porque fue una opción que mencionó el titular del Sindicato de Trabajadores de la industria de la Alimentación, Rodolfo Daer.

“El derecho al trabajo es un derecho esencial para la realización de otros derechos humanos y constituye una parte inseparable e inherente de la dignidad humana. Toda persona tiene el derecho a trabajar para poder vivir con dignidad. El derecho al trabajo sirve, al mismo tiempo, a la supervivencia del individuo y de su familia y contribuye también, en tanto que el trabajo es libremente escogido o aceptado, a su plena realización y a su reconocimiento en el seno de la comunidad …”, dice un tramo del fallo. “En definitiva, cabe recordar que al tener trabajo el ser humano ES pues como bellamente se ha dicho ´Quien no trabaja no tiene, pero sobre todo, no es. No es un ciudadano pleno iure´ (de pleno derecho)”, agrega la sentencia de los jueces. En la parte final le ordena PepsiCo cumplir con el “deber de ocupación” en relación a diez personas “bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias a razón de 5000 pesos por cada día de demora”.

En una conferencia de prensa de los trabajadores de PepsiCo en el Congreso, el delegado Camilo Mones dijo que de acuerdo al fallo “teníamos razón cuando decíamos que la empresa estaba en la ilegalidad y que la represión de ayer (por el jueves) también lo era”. “Esa violencia contra los trabajadores se podría haber evitado. Eso se lo habíamos dicho a la jueza y al fiscal, que era un problema de orden laboral, que la empresa hacía lock out y que estaba en la ilegalidad, pero ellos no nos escucharon, no nos dejaron ser parte del expediente ni verlo ni hacer presentaciones, ni siquiera nos aceptaron una entrevista y nos mandaron cientos de policías y gendarmes. Se ve ahora más claramente que fueron los gobiernos de (Mauricio) Macri y (María Eugenia) Vidal los que dispusieron que la represión se efectivice”, agregó. La orden de desalojo fue de la jueza Andrea Rodríguez Mentasty en función de un pedido del fiscal Gastón Larramendi a favor de la empresa. “El fiscal pidió un desalojo porque según él la empresa contamina y en vez de procesar a los que supuestamente contaminan reprimió a los trabajadores para devolver la fábrica a los empresarios que contaminan”, señaló Edgardo Moyano, abogado de los obreros.

“La empresa debió demostrar que tuvo una crisis económica durante los últimos tres años y presentar una propuesta para los trabajadores. No es que puede despedir cuando quiere porque quiere. Debe decir de qué manera va a proteger el derecho fundamental al trabajo. Hasta ahora tampoco dijo, por ejemplo, qué es lo que va a hacer con la planta de Florida, que es de su propiedad. No dijo si la va a vender. Hay posibilidad de que sea, por ejemplo, un centro logístico y a quienes no aceptaron la indemnización se los podría asignar a una nueva actividad. Esa es una empresa que tiene muchas  variables, no es un kiosco ni una pequeña empresa”, explicó Moyano a PáginaI12. Raffaghelli sostuvo que “no es un derecho absoluto” el de una empresa a cerrar de la noche a la mañana porque no le parece rentable. “Es una posibilidad, la empresa tiene una finalidad social y la propiedad también. El derecho debe ser ejercido razonablemente. Con ese criterio cualquier deja en la calle a miles de personas. No es así. Para eso el Estado debe cuidar la equidad social y la justicia social”. 

El abogado Moyano insistió: “El Ministerio de Trabajo también está en falta porque debió intimar a la empresa primero a que deje sin efecto la medida del cierre y de tareas a los trabajadores porque así lo establece el artículo 6 del decreto 265/2002. Tampoco respondieron nuestros reclamos para que avance el procedimiento de crisis”. “Ahora la empresa debe reabrir y cumplir el fallo judicial. Ayer (por el jueves) vimos que para hacer cumplir la medida de desalojo el Estado puso a disposición un operativo de millones de pesos. Se les pegó a los trabajadores y periodistas, para hacer cumplir una media cautelar penal. Esta es una medida cautelar laboral que debe cumplirse. Si no la cumplen –concluyó– es que solo están parados en favor de la empresa”.

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