Comunicado de prensa 45/16
CIDH urge a Estados Unidos a cumplir con recomendaciones en caso de pena de muerte
1 de abril de 2016
Washington,
D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) urge a
Estados Unidos a dar cumplimiento a las recomendaciones del Informe de
Fondo en el caso de Ivan Teleguz, quien ha sido sentenciado a la pena de
muerte en el estado de Virginia.
Iván Teleguz es beneficiario de medidas cautelares dictadas por la
Comisión Interamericana bajo el artículo 25 de su Reglamento. A través
de las medidas cautelares, la Comisión solicitó a Estados Unidos
abstenerse de ejecutar la pena capital hasta tanto tuviera la
oportunidad de emitir una decisión sobre los alegatos de los
peticionarios en relación con presuntas violaciones de la Declaración
Americana.
El 15 de julio de 2013, la CIDH emitió su Informe de Fondo No. 53/13
sobre el Caso No. 12.864, en el cual concluyó que Estados Unidos es
responsable por la violación al derecho a la vida, la libertad y la
seguridad personal, derecho a un juicio justo, derecho de petición,
derecho a no ser detenido arbitrariamente y a un debido proceso,
derechos garantizados en la Declaración Americana, con respecto a Iván
Teleguz. A la luz de estas conclusiones, la CIDH estableció que si el
Estado ejecutara a Iván Teleguz cometería una violación grave e
irreparable del derecho fundamental a la vida, consagrado en el Artículo
I de la Declaración Americana.
En su Informe de Fondo, la CIDH recomendó a Estados Unidos a adoptar una
moratoria en las ejecuciones de personas sentenciadas a muerte,
abstenerse de ejecutar a Iván Teleguz, y asegurarle una reparación
efectiva que incluya la revisión de su juicio en conformidad con las
garantías del debido proceso y un juicio justo, como establece la
Declaración Americana. La CIDH urge a Estados Unidos a respetar completa
y correctamente sus obligaciones internacionales de derechos humanos,
especialmente aquellas derivadas de la Declaración Americana y la Carta
de la OEA.
Asimismo, la Comisión reitera las recomendaciones relacionadas con
cambios estructurales que Estados Unidos debe implementar para
garantizar el derecho a la vida, incluyendo la recomendación de revisar
sus leyes, procedimientos y prácticas para asegurar que las personas
acusadas de crímenes capitales sean enjuiciadas y, de ser declaradas
culpables, sean sentenciadas de acuerdo con los derechos establecidos en
la Declaración Americana, para asegurar que todos los extranjeros
privados de su libertad estén informados, sin demora y antes de su
primera declaración, de su derecho a asistencia consular y a solicitar
que las autoridades diplomáticas sean notificadas de inmediato sobre su
arresto o detención; y a promover con urgencia la aprobación del
proyecto de ley sobre notificación consular, el cual ha estado en
trámite en el Congreso de Estados Unidos desde el 2011.
La Comisión Interamericana recuerda al Estado que ejecutar la pena de
muerte causaría no solo un daño irreparable a la persona, pero también
significaría que el Estado no está cumpliendo con las recomendaciones de
la CIDH, y que tal medida es contraria a la obligación fundamental de
derechos humanos de los estados miembro de la OEA en conformidad con la
Carta de la Organización y los instrumentos derivados de la misma.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los
Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión
Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los
derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA
en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes
que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y
no representan sus países de origen o residencia.
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