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martes, 19 de abril de 2016

Tinkunaco 0532/16 - Re: [catorce_bis] Declaración del Foro Permanente de los Institutos de Derecho del Trabajo de los Colegios de Abogados de la Pcia. de Buenos Aires

Convenio marco de colaboración y cooperación suscripto entre el COLPROBA y el Ministerio de Trabajo.
 
Declaración del Foro Permanente de Institutos de Derecho del Trabajo de los Colegios de Abogados de la Pcia. de Buenos Aires, respecto del Convenio marco de colaboración y cooperación suscripto entre el COLPROBA y el Ministerio de Trabajo de la Pcia. de Buenos Aires.
Este Foro quiere dejar sentada su preocupación y desacuerdo respecto del convenio suscripto por el COLPROBA con el Ministerio de Trabajo de la Pcia. de Buenos Aires, con fecha 16 de abril de 2015 y su protocolo de fecha 31 de marzo de 2016.
Que este foro sostiene que previo a la firma del convenio que nos convoca hubiera sido necesaria una consulta sobre el mismo a los sectores especializados en derecho del trabajo, por lo que aspiramos que se considere:
Que de los instrumentos referidos podría interpretarse que se encuentra vedado el derecho a percibir el honorario que deriva del pacto de cuota litis reconocido por el art. 277 de la LCT y por la Ley 8904, por lo cual deberían adecuarse a la protección del trabajo intelectual del abogado, previsto en la Constitución Nacional y en la normativa Internacional (Art. 25 de la Carta Internacional Americana de Garantías Sociales).
Asimismo el convenio debería preservar la independencia de los abogados frente a los poderes públicos, por lo que se ratifica la autonomía de los colegios profesionales en el control de la matricula en todos sus aspectos.
Conforme a lo expuesto se solicita que a la mayor brevedad se efectúen las reformas que permitan preservar los principios enunciados en la presente declaración, que son indisponibles para los abogados y para las Instituciones que los representan.
Avellaneda, abril 16 de 2016

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