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viernes, 11 de mayo de 2018

Tinkunaco 0910/18 - Asociación de Abogados Laboralistas - Repudio a las declaraciones del presidente de la Corte Suprema

Repudio a las declaraciones del presidente de la Corte Suprema

Declaración del Consejo Directivo
La Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas rechaza y repudia las declaraciones del presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, en las que ha manifestado su vocación por apoyar la avanzada de los empresarios y el gobierno sobre los derechos laborales tras afirmar la primacía -en violación a los tratados internacionales- del derecho de propiedad sobre los derechos sociales.
Hace pocos días desde la Asociación de Abogados Laboralistas nos expedimos repudiando el fallo “Rica” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que desconoce la vigencia de principios fundamentales del Derecho del Trabajo.
Nuevamente debemos expresar nuestra preocupación, en este caso por declaraciones del presidente de la Corte en ese mismo sentido.
En efecto, según trascendió en diversos medios de comunicación, el Dr. Ricardo Lorenzetti, participó de un almuerzo en el Jockey Club con un grupo de importantes empresarios. La periodista Silvia Naishtat publicó en el diario Clarín del pasado 9 de mayo que el juez “Dio detalles de la nueva jurisprudencia de la Corte para que las empresas no tengan que hacerse cargo de los empleados de las firmas tercerizadas cuando tienen algún problema. Les dejó en claro que en la justicia ´se trabaja para proteger el derecho de la propiedad´”.
Por su parte, el portal Infobae publicó el día 10 de mayo que “Lorenzetti se mostró preocupado por muchos fallos del fuero laboral”.
La Acordada 7/2004 de la CSJN prohíbe a los jueces de la Corte reunirse con una de las partes sin la presencia de la otra. Si bien hasta donde sabemos el almuerzo no estuvo motivado en un expediente en particular, es muy llamativo que el titular del Poder Judicial de la Nación se reúna con los más importantes empresarios del país a criticar el Derecho del Trabajo y a resaltar los fallos que desconocieron su vigencia.
Estas declaraciones podrían llevar a la recusación de Lorenzetti en las causas en las que intervengan trabajadores o trabajadoras, pero nuestro repudio radica en el desconocimiento de la vigencia del artículo 14 bis de la Constitución Nacional, del Principio Protectorio y de los tratados internacionales con carácter constitucional y supralegal.
La avanzada del Poder Ejecutivo y de los empresarios sobre los derechos laborales evidentemente encuentra cobijo en el presidente de la Corte, lo cual resulta de una gravedad institucional manifiesta, colocando al Estado argentino en responsabilidad internacional por violación de los principios de progresividad e irregresividad en materia de derechos económicos, sociales y culturales.
Por otra parte, actitudes de esta naturaleza afectan notoriamente la independencia del Poder Judicial, que no es un activo personal de los jueces sino uno de los pilares de la institucionalidad del país.
Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas

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